Vence el plazo para pedir devolución de lo percibido por compras en el exterior

Economía

Este viernes es el último día para cargar en la web del ente recaudador lo pagado a cuenta de Ganancias durante 2013.

Este viernes es el último día para que los trabajadores en relación de dependencia pidan la devolución de aquellas percepciones que se les aplicó a las compras en el exterior, a cuenta del impuesto a las Ganancias en 2013.

Todos aquellos que hayan comprado con tarjetas de crédito en el exterior durante 2013 pueden pedir el reintegro del 20% -que en diciembre fue del 35%- completando un formulario (el F572) en el sitio online de la Administración Federal de Ingresos Públicos (a la que se accede con el número de CUIL o CUIT y la Clave Fiscal). 

Una vez incorporadas en la base de datos, AFIPundefinedprocesa los datos, coteja el monto que correspondía de impuesto y autoriza las devoluciones, que serán entregadas con los salarios de enero y febrero por las propias empresas que se encargan de retener el Impuesto a las Ganancias por cuenta del organismo fiscal. 

Aquellos a los que, por sus consumos en el exterior, se les hubiera retenido un valor superior al que debían pagar finalmente por Ganancias -por ejemplo si se les retuvo por 100 pesos y debían pagar solo 50- recibirán el monto retenido del impuesto a través de sus empresas (en este caso 50), pero deberán realizar otro trámite en AFIP para recibir el saldo restante (los otros 50). 

En ese caso, podrá ser acreditado a cuenta del impuesto por Bienes Personales, pero en caso de que el trabajador no debiera pagar ese tributo, entonces sí deberá recurrir al formulario 746, que es el mismo que utilizan los trabajadores autónomos y monotributistas. En ese caso, la devolución se realiza directamente por vía bancaria -en la cuenta de la que se debitó-, pero no está establecido cómo será esa devolución que podría demorar algunos meses.

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