El Gobierno cambió la forma de calcular la actualización de las jubilaciones
A través del decreto 807/2016, publicada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo nacional busca frenar las demandas contra el Estado por liquidaciones erróneas en la liquidación de prestaciones y haberes.
Con el objetivo "de interrumpir la principal causa de generación masiva de juicios, el Estado Nacional ha decidido efectuar las correcciones necesarias para que las remuneraciones que se toman en cuenta para calcular las futuras prestaciones, sean actualizadas en forma justa y razonable, en concordancia con las previsiones que ha definido el Legislador al momento del dictado de la normativa previsional vigente y la jurisprudencia emanada del Tribunal cimero".
Las prestaciones a otorgar empezarán a regir a partir del mensual agosto y las remuneraciones históricas tomadas en cuenta para calcular el salario promedio, serán actualizadas de la siguiente manera:
-Hasta el 31 de marzo de 1995, se aplicará el Índice Nivel General de las Remuneraciones (I.N.G.R.)
-Entre el 1° de abril de 1995 y el 30 de junio de 2008 se aplicará la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (R.I.P.T.E.) calculada por la Secretaría de Seguridad Social.
El decreto indica además que otro de los objetivos será reducir la duración de estos procesos contra la administración. "El Estado Nacional ha decidido colaborar con la disminución de los tiempos de los procesos judiciales, instruyendo a la Administración Nacional de la Seguridad Social, para que no interponga recursos extraordinarios en aquellos supuestos en que el resultado sería desfavorable, de acuerdo a los precedentes jurisprudenciales existentes", señala el texto.
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