Alquileres: las inmobiliarias no podrán cobrar dos meses de alquiler como comisión
La justicia porteña prohibió a los corredores inmobiliarios porteños cobrar a los inquilinos de viviendas más del 4.15% del valor total del contrato. La medida fue dictada para proteger "el derecho al acceso a la vivienda digna".
El fallo establece que los corredores inmobiliarios porteños no podrán cobrar a los inquilinos de viviendas más del 4.15% del valor total del contrato, y en caso de incumplimiento de lo dispuesto se impondrá una multa de 20.000 pesos al Colegio de Corredores por cada caso acreditado.
Las inmobiliarias no podrán cobrar más del 4,15% del total del contrato
La medida, que beneficia a los inquilinos, fue firmada por el juez Marcelo Segón, titular del juzgado N° 17 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires.
El magistrado resolvió "suspender en forma inmediata" la resolución mediante la cual el Cucicba habilitó el cobro de hasta dos meses de alquiler de comisión "aplicando el principio de libertad contractual para todas las comisiones inmobiliarias, incluidas las que cobran a los inquilinos de viviendas, a partir de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y sin respetar la normativa local".
La medida fue dictada para proteger "el derecho al acceso a la vivienda digna a cuyo acceso se ven dificultados los inquilinos de la Ciudad de Buenos Aires debido al cobro de comisiones que exceden lo permitido por la ley".
De violarse la resolución judicial se impondrá multa de "20 mil pesos por cada incumplimiento acreditado, suma que se destinará a las actividades de difusión de los derechos de los inquilinos que realizará" la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, patrocinadora del amparo.
Por su parte, el Cucicba deberá colocar un banner en la página principal de su web con lo dispuesto por la cautelar y remitir la información a todos los matriculados.
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