La Corte Suprema frena la liberación de todos los menores
* El tribunal revocó el fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal que ordenaba la libertad progresiva de todos los menores de 16 años detenidos o internados en institutos de la Capital.
Esta mañana, el máximo tribunal decidió por unanimidad además requerir al Poder Legislativo que adecue las normas sobre la materia a los tratados internacionales sobre los derechos de los menores, y a los poderes ejecutivo nacional y porteño para que adopten las medidas que son de sus alcances.
"Resulta de toda urgencia y necesidad que los organismos administrativos nacionales y locales emprendan las acciones con el propósito de trazar y ejecutar políticas públicas que tiendan, en todo lo que sea apropiado, a excluir la judicialización de los problemas que afecten a los menores no punibles", acotó
Para el máximo tribunal, convalidar la resolución de
A mediados de diciembre de 2007
El artículo 1 de la ley 22.278 prevé que no es punible quien no haya cumplido 16 años de edad y, si existiere imputación contra ellos "la autoridad judicial lo dispondrá provisionalmente" y "en caso necesario pondrá al menor en lugar adecuado para su mejor estudio durante el tiempo indispensable".
Como el fallo ordenaba la liberación progresiva de los menores en un plazo no superior a los tres meses,
Ahora, con los votos de su presidente, Ricardo Lorenzetti, y el de los ministros Carlos Fayt, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay,
La causa fue promovida por
Como esta ley prohíbe utilizar la privación de la libertad como medida de protección, García Méndez presentó el habeas corpus pidiendo la liberación colectiva y progresiva de los jóvenes de 16 años internados en el Instituto de Menores San Martín, de esta capital.
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