La Justicia rechaza ahora un amparo contra las retenciones móviles

Télam
Por Télam
La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Rita Ailán rechazó por "improcedente" una acción de amparo planteada por un productor agropecuario contra las retenciones móviles, informaron hoy fuentes judiciales. Lo curioso es que su hermano, otro productor, había conseguido un fallo favorable ante el mismo pedido.

Se trata del recurso presentado por Eduardo Gallo Llorente, hermano de Santiago Gallo Llorente, quien el viernes logró que otra magistrada del mismo fuero, en ese caso Liliana Heiland, declarase inconstitucional la Resolución 125 del Ministerio de Economía que consagró la medida el 11 de marzo pasado.

Eduardo Gallo Llorente, a cargo de una explotación de 745 hectáreas en la localidad bonaerense de 9 de Julio, fracasó en su intento de obtener de Ailán una resolución de las mismas características que la conseguida por su hermano.

Por el contrario, la jueza resolvió que "los temas opinables, o aquéllos requeridos de mayor debate y aporte probatorio, son ajenos a la acción de amparo, que no tiene por finalidad alterar las instituciones vigentes".

Y añadió que "amparizar el acceso a la justicia con la inquietud de obtener una respuesta rápida a los reclamos eludiendo las vías procesales normales que deben seguirse, desvirtúa el sentido del mismo".

De acuerdo al fallo conocido hoy, para considerar procedente un amparo, "la ilegalidad debe manifestarse en forma notoria, siendo insuficiente alegar una conducta estatal, sosteniendo que se afecta o restringe algún derecho constitucional".

Ailán negó que la tardanza que implica un juicio ordinario pudiera perjudicar al productor, pues "la dilación que pueda ocasionar tal proceso importa colocar al pretensor en la situación común de todo litigante que peticiona el reconocimiento de sus derechos".

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