La justificación de los jueces que liberaron a Chabán

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Por NA
La liberación de Chabán comenzó a gestarse el 14 de junio de este año, cuando los camaristas de Casación Eduardo Riggi, Angela Ledesma y Guillermo Tragant redujeron a seis meses la prórroga de la prisión preventiva que le había impuesto el Tribunal Oral Criminal 24 que tendrá a cargo el juicio oral por el incendio del boliche.

Una vez cumplidos, los seis meses los jueces del tribunal le consultaron a Casación si podían volver a prorrogar la detención por otros seis meses, pero esta vez el tribunal no accedió y ordenó que el empresario quede en libertad al cumplirse ese plazo, que expirará el próximo viernes.

En junio pasado, la Casación le había ordenado también al tribunal oral que fijara la fecha de inicio del debate, debido a que esa medida no se cumplió los camaristas recordaron: "que los jueces de grado deben acatar lo resuelto por sus superiores en la causa de que se trate".

Respecto de la liberación de Chabán, los jueces dijeron que, "más allá de la complejidad del caso", para rechazar el pedido de prórroga consideraron que no existe riesgo "concreto" de que la liberación de Chabán frustre el juicio oral.

"En otras palabras la procedencia de la prórroga depende de la valoración concreta del caso a la fecha y no de las razones argumentadas hace dos años y medio", advirtieron.

Para los camaristas en la actualidad "no se advierten circunstancias novedosas que justifiquen modificar el criterio sostenido en junio último más aún cuando el trámite demanda una extensión mayor de la esperada".

Es por ello que al momento de producirse el cese de la prisión preventiva en fecha próxima el Tribunal Oral deberá establecer las medidas que estimen concernientes para asegurar la comparesencia de Chaban al juicio oral cuando sea celebrado", concluyeron.

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