Macri quedó a un paso del juicio en la causa de las escuchas ilegales

La Cámara Nacional de Casación rechazó el pedido de recusación contra Oyarbide.

La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme el procesamiento contra el jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri, en la causa por las presuntas escuchas telefónicas ilegales y lo dejó a un paso del juicio oral y público en el que estará imputado como miembro de una asociación ilícita.

La Sala Primera de la Cámara, en un voto concurrente, desestimó un recurso de queja que habían presentado los abogados de Macri, Santiago Feder y Ricardo Rosental, mediante el cual intentaban revertir el procesamiento dictado por el juez Norberto Oyarbide y ratificado por la Cámara Federal.

La decisión de la Casación despeja el último obstáculo en el camino al juicio oral y público, pues el juez Oyarbide ya había dispuesto la clausura del sumario por estar "agotada" la investigación, y le corrió traslado a todas las partes para que formularan sus requerimientos u objeciones sobre la elevación a la etapa de debate.

La Casación, además, rechazó una recusación que había planteado Macri contra el juez Oyarbide, de modo que también en ese punto avaló tácitamente toda la actuación del magistrado desde el inicio de la investigación.

"La resolución que confirmó el auto de procesamiento no constituye sentencia definitiva a los fines del recurso de casación, máxime no habiéndose acreditado la existencia de cuestión federal, ni demostrado que se presente alguno de los supuestos de excepción admitidos por la Corte Suprema", sostuvieron los camaristas Eduardo Riggi, Rafael Madueño y Ana María Figueroa. "Tampoco se demostró la existencia de gravedad institucional", añadieron.

En cuanto a la actuación de Oyarbide, el tribunal consideró "inadmisibles los recursos de casación interpuestos contra el rechazo de la recusación pues -además de evidenciarse insuficientes al no rebatir los fundamentos de la denegatoria- el apartamiento de un magistrado del conocimiento de una causa no puede reposar en una mera sospecha de parcialidad".

"No es función de los supuestos de recusación dar a las partes un instrumento eficaz para separar al juez interviniente cuando sus decisiones no les sean favorables, y las causales de recusación deben ser evaluadas con el máximo de ponderación y prudencia, sobre todo cuando son sobrevinientes a la iniciación del proceso", insistieron. Sobre ese punto en particular, la recusación contra Oyarbide, el juez Riggi votó en disidencia.

Finalmente, el tribunal rechazó un planteo del imputado ex agente de inteligencia Ciro James contra la decisión de denegarle "medidas de prueba requeridas por la defensa". El tribunal ponderó que Oyarbide "realizó medidas de prueba tendientes a corroborar el tópico planteado por la defensa, vinculado a la posible participación de personal de la Secretaría de Inteligencia -ex SIDE- en el anoticiamiento que se le efectuara a una de las víctimas acerca de que su línea se encontraría intervenida ilegalmente".

Ese planteo podría haber derribado toda la causa, ya que si se hubiera declarado inválido ese elemento disparador de la causa, todo lo que sobrevino después habría sido nulificado.

La Casación, al rechazar esa hipótesis, destacó que la defensa de James "requirió y obtuvo que la persona a la que sindicaba como cumpliendo ese rol fuera relevada del secreto impuesto por ley 25.520 (de inteligencia) y prestara declaración juramentada en la causa".

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