Policías acusados por incumplimiento de deberes

* Ayer no impidieron que los hinchas de Racing y de San Lorenzo bloquearan la salida de los micros que transportaban a los jugadores.
* Tres fiscales porteños podrían acusarlos

Télam
Por Télam

Los policías que no impidieron ayer que los hinchas de Racing Club y San Lorenzo bloquearan la salida de los micros que transportaban al Estadio Unico de La Plata a los planteles de ambos equipos, podrían ser acusados por el presunto delito de incumplimiento de los deberes públicos.



Así lo informaron tres fiscales contravencionales porteños ante la supuesta falta de instrucciones por parte de sus colegas a los efectivos de las seccionales con jurisdicción en las concentraciones de los dos planteles.



"Es mentira que la policía sólo puede actuar si previamente recibió directivas de los representantes del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad", coincidieron los funcionarios.


 


"Es impensable que no conozcan el contenido de la ley y nuestro Código Contravencional es muy claro cuando estipula en su artículo 78 que quien impide u obstaculiza la circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos, es sancionado con uno a cinco días de trabajo de utilidad pública o multa de 200 a mil pesos", señalaron.



Los fiscales revelaron que la policía sabe que tiene atribuciones para detener personas, clausurar locales, secuestrar bienes e inmovilizar vehículos en caso de contravenciones, en el caso de que constituyan un peligro para terceros u obstruyan el espacio público, según el artículo 18 del Código de Procedimientos de la Capital Federal.



"Una vez que toman alguna de esas medidas, sí deben dar información al fiscal de turno, no antes, y allí nosotros decidimos si las dejan sin efecto o damos intervención al juez de turno", aseguraron.



"Lo que sucedió ayer no tiene justificación y el hecho de que se crea que tenemos obligación de estar presentes es una falsedad que no se sostiene en ninguna norma vigente en la ciudad de Buenos Aires", remarcaron los fiscales.



Los representantes del Ministerio Público entendieron que los policías podrían ser denunciados "de oficio" por un fiscal de instrucción, puesto que "desentenderse de la comisión de una contravención que tiene lugar ante su propia cara puede constituir
perfectamente un incumplimiento de los deberes de funcionario público".


Ese delito está reprimido en el artículo 249 del Código Penal con multas de 750 a 12.500 pesos, e inhabilitación especial de un mes a un año.

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