Promulgan las modificaciones al Consejo de la Magistratura

Política

La ley que forma parte de la reforma judicial fue publicada en el Boletín Oficial. Pasará a estar integrado por 19 miembros.

El Gobierno nacional promulgó las modificaciones al Consejo de la Magistratura a través del decreto 576/2013 publicado este lunes en el Boletín Oficial. De esta manera, se logra un nuevo avance en la reforma judicial impulsada por el Ejecutivo.

La ley 26.855 establece que el Consejo de la Magistratura "es un órgano permanente del Poder Judicial de la Nación que ejerce la competencia prevista en el artículo 114 de la Constitución Nacional de acuerdo a la forma representativa, republicana y federal que la Nación Argentina adopta para su gobierno, para lo cual deberá observar especialmente los principios de publicidad de los actos de gobierno, transparencia en la gestión, control público de las decisiones y elección de sus integrantes a través de mecanismos no discriminatorios que favorezcan la participación popular".

El Consejo de la Magistratura "tiene a su cargo seleccionar mediante concursos públicos postulantes a las magistraturas inferiores a través de la emisión de propuestas en ternas vinculantes, administrar los recursos que le corresponden de conformidad con la ley 11.672 permanente de presupuesto de la Nación, con la ley 24.156 de administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional y con la ley 23.853 de autarquía judicial; y sus leyes complementarias, modificatorias y vinculantes, y ejecutar el presupuesto que la ley le asigne a su servicio administrativo financiero, aplicar sanciones disciplinarias sobre magistrados, decidir la apertura del procedimiento de remoción, ordenar la suspensión y formular la acusación correspondiente y dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial".

En tanto, el Consejo de la Magistratura pasará a estar integrado por 19 miembros: tres jueces del Poder Judicial de la Nación, tres representantes de los abogados de la matrícula federal, seis representantes de los ámbitos académico o científicos, seis legisladores y un representante del Poder Ejecutivo.

La nueva ley establece también que "los miembros del Consejo prestarán juramento en el acto de su incorporación de desempeñar debidamente el cargo ante el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

En tanto, "los miembros del Consejo de la Magistratura durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser reelectos con intervalo de un período".

El artículo 3° bis explica que las elecciones para elegir a los miembros del Consejo de la Magistratura que sean representantes del ámbito académico y científico, de los jueces y de los abogados de la matrícula federalse realizarán "en forma conjunta y simultánea con las elecciones nacionales en las cuales se elija presidente".

"Para ser miembro del Consejo de la Magistratura se requerirá contar con las condiciones mínimas exigidas para ser diputado", establece la ley. Además no podrán haber participado activamente en la última dictadura.

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