El oficialismo en el Senado buscará convertir en ley la Responsabilidad del Estado
La Cámara alta debatirá el proyecto impulsado por el Ejecutivo para establecer un marco regulatorio para las demandas de particulares o empresas contra el Estado nacional. También discutirá la nueva moratoria para jubilados
Por el contrario, el kirchnerista Marcelo Guinle aseveró que "la responsabilidad por omisión en el control de los servicios siempre hace que el Estado responda de manera directa, independientemente de la responsabilidad del concesionario".
El proyecto rige la responsabilidad del Estado por los daños que su actividad o inactividad les produzca a los bienes o derechos de las personas.
Asimismo, la iniciativa indica que "la responsabilidad del Estado es objetiva y directa", que "las disposiciones del Código Civil no son aplicables a la responsabilidad del Estado de manera directa ni subsidiaria" y que "la sanción pecuniaria disuasiva es improcedente contra el Estado, sus agentes y funcionarios".
También señala que "se exime de responsabilidad al Estado" por "los daños y perjuicios que se deriven de casos fortuitos o fuerza mayor, salvo que sean asumidos por el Estado expresamente por ley especial" y "cuando el daño se produjo por el hecho de la víctima o de un tercero por quien el Estado no debe responder".
En tanto, resultan "requisitos de la responsabilidad del Estado" por "actividad o inactividad ilegítima" un "daño cierto debidamente acreditado y mensurable en dinero", la "imputabilidad material de la actividad o inactividad a un órgano estatal", la "relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad del órgano y el daño cuya reparación se persigue".
También resulta el Estado responsable por "falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular" que genera "responsabilidad cuando se verifica la inobservancia de un deber normativo de actuación expreso y determinado".
Según el proyecto, el "Estado no debe responder, ni aún en forma subsidiaria, por los perjuicios ocasionados por los concesionarios o contratistas de los servicios públicos a los cuales se les atribuya o encomiende un cometido estatal, cuando la acción u omisión sea imputable a la función encomendada".
Temas
Las Más Leídas





Dejá tu comentario