Queda libre una chica que mató a puñaladas a un hombre que le hizo una insinuación sexual

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Por NA

La Justicia condenó a una joven de 21 años a la pena de tres años de cárcel, pero por el tiempo que ya había pasado en prisión la dejó en libertad, tras considerarla culpable de haber asesinado en estado de "emoción violenta" a un docente jubilado.

El fallo en cuestión fue dictado en la víspera, por unanimidad, por los jueces que integran el Tribunal número IV de La Plata.

Los jueces concluyeron que el 20 de septiembre de 2005, en la casa de la víctima, de la calle Montevideo, entre 5 y 6, la joven mató de 15 cuchillazos al docente jubilado de Berisso Miguel Bejger, de 70 años, luego de padecer un "trastorno mental incompleto".

Para los magistrados, ese trastorno le dificultó a la joven "comprender la criminalidad del acto y/o dirigir sus acciones".

En su voto, el juez Emir Caputo Tártara recordó que en el debate la acusada relató que esa tarde entró a la casa de Bejger a hacer tareas de limpieza y al subir la escalera de la casa "sintió un pinchazo en la espalda".

El magistrado también señaló en el fallo que la imputada dijo que ese "pinchazo" se lo había dado Bejger, quien de inmediato le dijo que "sería de él, queriendo significar con ello que la accedería carnalmente", algo a lo que la mujer ya había accedido en otras oportunidades a cambio de dinero, pero que en esta circunstacia se negó.

"Ante este estado de cosas, la procesada añadió que no sabe cómo hizo, pero que le quitó el arma al agresor, cerró los ojos fuerte y cuando los abrió estaba el cuchillo lleno de sangre", dijo el juez, según lo señalado en la edición de la fecha por el diario El Día de esta ciudad.

Caputo Tártara destacó en su voto que "lo cierto es que a la víctima le serían constatadas quince heridas efectuadas con arma blanca, dos de las cuales, contaban con entidad suficiente como para causar la muerte de modo irreversible".

Además, tuvo en cuenta que la acusada sufrió abusos sexuales durante su niñez por parte de su padrastro, sucesos que -según narró en el juicio- le vinieron a la mente antes de atacar al jubilado.

En el veredicto, el juez concluyó que "la causa fuente originaria debió serlo alguna actitud, propuesta u omisión de parte del agredido. Bien pudo serlo -como lo afirmó la procesada- una no consentida relación sexual, que quedara en conato de agresión con quita parcial de prendas de vestir".

"En efecto, sea por lo que fuere, deudas anteriores, desacuerdos en el pacto: precio, modalidad de la propuesta, promesas incumplidas, entre muchas otras y diversas razones, la acusada pudo no querer aceptar la proposición", agregó el fallo. 


 


Ese rechazo generó "una sorpresiva e impensada reacción de agresión por parte de Bejger, quien ya definido y embarcado en su cometido (tal vez ayudado por el sidenafil del que era frecuente usuario) y al ver frustrados sus deseos, acometió por la fuerza a quien, si bien en otras oportunidades se había avenido a mantener relaciones sexuales por precio, en esta ocasión no lo quería".

El magistrado aclaró que en las audiencias surgió que la víctima no uso arma blanca, porque "nadie puede suponer que un hombre mayor use ese método para mantener relaciones sexuales con una joven, a quien conocía, y con la que ya había estado en reiteradas oportunidades y accedido carnalmente por precio".

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