El monto supera los 20 millones de pesos y corresponde a una compra no declarada de inmuebles en la provincia de Mendoza. De ser culpable, la pena va de 3 a 9 años de prisión.
Una fuente judicial aportó a minutouno.com los detalles de la denuncia por evasión fiscal agravada por el monto (Artículo 2 inciso A) Ley 24.769, con una pena que va de los 3 años y 6 meses a los 9 años de prisión.
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Asimismo, la causa afirma que "se detectó que Fariña se desapoderó de los bienes con el objeto de eludir las acciones de cobro del Fisco Nacional, por lo tanto fue denunciado en la misma causa por insolvencia fiscal fraudulenta (Artículo 10 Ley 24.769 – que va de 2 a 6 años de prisión) configurándose un concurso real con el delito anteriormente denunciado, admitiendo la suma de las penas de los mismos".
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La maniobra se trata del incremento patrimonial no justificado por la adquisición de inmuebles rurales en Mendoza, por la suma de U$ 5.000.000. Sobre esta base, se determinó el monto de la evasión. Dichos inmuebles fueron vendidos a un tercero por un valor ostensiblemente inferior.
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La AFIP como querellante solicitó la detención del imputado mediante presentaciones de 18/3/2014 y 21/3/2014, atendiendo entre otras circunstancias a que FARIÑA podría sustraerse al proceso (se acompañó el listado de las múltiples salidas del país en vuelos privados) y que la existencia de terceras personas (eventualmente partícipes del delito) presume la posibilidad de frustrar elementos de prueba para la causa.
El juez no resolvió en el momento de la indagatoria el pedido de excarcelación planteado por el imputado, por lo tanto sigue detenido hasta que se resuelva la procedencia del planteo. Cuando se niega la excarcelación es porque se considera que existe el riesgo de fuga y/o entorpecimiento del proceso (ocultamiento de prueba o de terceros involucrados en el delito).
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