Queda sin efecto la resolución que obligaba a Telecom a "desinvertir"
Anuló la decisión de la Secretaría de Comercio Interior al sostener que debe ser el Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia quien analice posibles monopolios.
EDIFICIO TELECOM
Por DyN
La Secretaría de Comercio Interior se había pronunciado en relación con "las transacciones celebradas en el año 2007 entre distintas entidades constituidas en el extranjero por medio de las cuales fue adquirido el paquete accionario de la que era dueña de una participación en el capital de Telecom Italia, sociedad esta última que tiene el control de la sociedad anónima constituida en nuestro país Telecom Argentina".
"Una de las adquirentes es la sociedad anónima Telefónica constituida en España, que controla a su vez a la constituida en argentina, Telefónica de Argentina", explica el fallo.
De esa manera, se daba -según el argumento oficial- una situación de virtual monopolio en el sector de las telecomunicaciones.
En la decisión de "desinversión" adoptada por la secretaría a cargo de Moreno se denunciaba "el efecto restrictivo o distorsionador de la competencia por la concentración económica que se produciría al tener influencia decisiva en una de las empresas prestadoras del servicio de telecomunicaciones, la otra empresa del mismo ramo que junto con aquella detentan la mayor parte del mercado de este servicio en nuestro país".
"Las empresas extranjeras a las que se obliga a la desinversión no fueron escuchadas ni tampoco advertidas, de manera que pudieran expresar, ya fueran sus descargos o sus explicaciones o argumentos a lo que se encontraba en tratamiento", replicó el fallo, que no se pronuncia sobre la situación de monopolio sino sobre los procedimientos que llevaron a la resolución de la Secretaría de Comercio Interior.
En ese sentido, los magistrados que votaron por la mayoría -Juan Carlos Bonzón, el tercer integrante, había avalado la decisión de Moreno- pidieron a la Corte Suprema que curse una comunicación al Poder Ejecutivo exhortándolo a constituir el organismo que debe velar por la Defensa de la Competencia.
"Constituye un verdadero escándalo jurídico que la ley, dictada en septiembre de 1999, es decir hace más de diez años, se encuentre incumplida por una demora del Poder Ejecutivo en proceder a la designación que le fue encomendada expresamente", sostiene el fallo sobre la ausencia del Tribunal de Defensa de la Competencia.
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