Les rechazan amparo por dólar y deberá pagar hipoteca al valor "contado con liqui"
La Justicia platense rechazó una medida cautelar para la compra de divisas pedida por un matrimonio, que ahora deberá cancelar el crédito a la cotización del dólar "contado con liqui".
En su fallo, los camaristas César Álvarez y Julio Víctor Reboredo señalaron que "cuando la medida cautelar se intenta contra la administración pública es necesario que la arbitrariedad del acto cuestionado sea notoria, dado el rigor con que debe apreciarse la concurrencia de los supuestos que la tornan admisible".
"Los recursos administrativos y las acciones judiciales mediante los que se discute la validez de los actos administrativos, en principio, no suspenden su ejecución, lo que determina, en principio, la excepcionalidad de las medidas cautelares", añadieron.
Destacaron que en los litigios dirigidos contra la administración pública o sus entidades descentralizadas, además de los presupuestos de las medidas precautorias, se requiere, como requisito específico, que la medida solicitada no afecte un interés público al que deba darse prevalencia.
"No aparece configurada la existencia de 'peligro en la demora' que genere al requirente la producción de perjuicios cuya reparación se torne dificultosa o imposible", indicaron.
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