Tres resoluciones frenan el voto popular en la Magistratura
La Justicia de San Nicolás dio lugar a dos cautelares presentadas por entidades colegiadas de abogados. En Mar del Plata también se aceptó una acción interpuesta por los letrados.
Este viernes a la mañana se conoció la primera medida cautelar dictada por el juez federal de Mar del Plata Alfredo López , que suspendió la constitución del nuevo Consejo y la elección de los consejeros abogados al hacer lugar a un planteo del Colegio de Abogados esa ciudad.
En tanto, por la mañana se conoció la primera medida cautelar que frenó la reforma del Consejo, en una resolución favorable a los abogados de Mar del Plata.
El juez ordenó al Poder Ejecutivo "la suspensión de la constitución del nuevo Consejo de la Magistratura como así también el llamado a elecciones para representantes del estamento de los abogados en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias previstas para el 11 de agosto de 2013, todo ello bajo expreso apercibimiento de ley", dice la resolución a la que accedió minutouno.com.
Se trata de las primeras medidas cautelares dictadas en el marco de un centenar de amparos presentados en todo el país, ya que hasta ahora los jueces o bien se habían excusado o daban curso al amparo, pero sin dictar una medida cautelar que implicara la suspensión de la ley que dispuso la elección popular de los consejeros de la magistratura.
En este caso la medida cautelar se refiere a la suspensión de la elección popular de los abogados que integran el Consejo de la Magistratura.
En el caso de Mar del Plata, el planteo fue realizado el lunes pasado por el Colegio que representa a los abogados marplatenses y, tras el dictamen del magistrado, la elección de consejeros dispuesta para el 11 de agosto quedó suspendida.
El juez consideró para dictar la cautelar el "peligro en la demora" en dictar una resolución, "resultando incompatible la ley 26855 con el texto del artículo 114 de la Constitución Nacional y en virtud que afectaría el equilibrio y representación" prevista en la norma. Pero especificó que la cautelar dictada no significa adelantar opinión sobre la cuestión de fondo.
Esto es que el magistrado ordenó la suspensión de los artículos cuestionados de la ley, mientras resuelve si es o no constitucional la norma sancionada por el Congreso.
El magistrado reconoció la legitimación del Colegio de Abogados de Mar del Plata para litigar e interponer la acción judicial y le imprimió a la causa el trámite "sumarísimo", que debe resolverse rápidamente porque se acortan los tiempos procesales.
"Estamos muy satisfechos, esto nos permite seguir discutiendo la constitucionalidad", sostuvo el presidente del Colegio de Abogados de Mar del Plata, Fernando Román González.
Ahora, el Estado podrá apelar las resoluciones, con lo que la cuestión iría a las Cámaras Federales.
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