La Corte Suprema avaló no conceder la libertad condicional a reincidentes
El máximo tribunal ratificó la prohibición de otorgar la libertad condicional a reincidentes al rechazar un recurso presentado por un condenado. Eugenio Zaffaroni votó en disidencia.
Se trata del caso de Cabail Abad, condenado a 16 años y tres meses de prisión, por la acumulación de al menos cinco condenas anteriores, por delitos graves como "tenencia de estupefacientes", "robo agravado por haber sido cometido con arma de fuego y en poblado y en banda", "lesiones graves", "abuso de arma", "encubrimiento" y "tenencia ilegal de documento de identidad falso".
Según las constancias de la causa, en junio de 2013, la Sala Cuarta de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos coincidentes de los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Borinsky , y Gustavo Hornos, declaró la "constitucionalidad del artículo 14 del Código Penal" y confirmó el rechazo a la concesión de la libertad condicional de Cabail Abad.
El caso llegó a la Corte Suprema, que se pronunció rechazando el recurso y por ende convalidó lo resuelto por los jueces de Casación, quienes dijeron en su momento que la denegatoria de la libertad "no se trata de una norma violatoria del principio de igualdad o que se aplique un derecho penal de autor, sino que se trata de una elección razonable del legislador que busca fomentar una política penitenciaria y criminal específica".
Esa decisión legislativa, plasmada en el Código Penal, "resulta ajena a la competencia del Poder Judicial", dice el fallo.
En la Cámara de Casación, dos jueces de la sala II, Alejandro Slokar y Angela Ledesma tienen un criterio contrario, y ya se pronunciaron en otros casos declarando la inconstitucionalidad de la reincidencia como agravante de la pena.
Temas
Las Más Leídas






Dejá tu comentario