Ya ingresó al Senado el proyecto para crear la Agencia Federall de Inteligencia

Política

La iniciativa que fue anunciada el lunes pasado por cadena nacional y que lleva las firmas de la presidenta Cristina Kirchner; el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, ingresó este viernes al Senado de la Nación en coincidencia con la publicación en el Boletín Oficial del llamado a sesiones extraordinarias para su tratamiento en los próximos días.

Entre los puntos clave del proyecto se destacan los ya adelantados por la mandataria en su mensaje el lunes pasado: la disolución de la Secretaría de Inteligencia, la creación en su reemplazo de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), la transferencia al Ministerio Público Fiscal del área encargada de las escuchas telefónicas y la designación de sus máximas autoridades a cargo del Poder Ejecutivo Nacional con acuerdo del Senado.

Aquí el detalle de los artículos clave de la iniciativa del gobierno.

En su artículo 3, el proyecto estipula que "las actividades de Inteligencia Interior quedarán limitadas a la investigación en materia de delitos federales complejos, inteligencia criminal compleja o atentados contra el orden institucional y el sistema democrático".

Asimismo el proyecto estipula en su artículo 4 que "las actividades de Inteligencia serán ordenadas por las máximas autoridades de cada organismo" aunque prevé que "en caso de urgencia las mismas podrán ser iniciadas, debiendo ser informadas a las autoridades máximas de cada organismo de Inteligencia en un plazo de 72 horas" luego de iniciadas.

En su artículo 6, el proyecto indica que "la misión general de la Agencia Federal de Inteligencia será la dirección y coordinación de la misma y la producción de Inteligencia en defensa de la nación ante amenazas internacionales de, entre otras, terrorismo, narcotráfico, lavado de dinero, trata de personas, ciberdelitos, económicas y financieras".

Uno de los puntos claves está incluido en el artículo 8 de la iniciativa presentada por el gobierno nacional. Allí se estipula que la AFI será conducida por un director general con rango de ministro designado por el Poder Ejecutivo Nacional con acuerdo del Senado. Asimismo habrá un subdirector general que será designado de la misma manera que su superior. El cese de ambos funcionarios podrá ser dispuesto por el Poder Ejecutivo.

Además se prevé que el nuevo servicio de Inteligencia deberá estar constituido en un plazo de 90 días a partir de la sanción de esta ley.


En su artículo 10, el proyecto prevé que "todo el personal de los organismos de Inteligencia, sin distinción de grados, cualquiera sea su situación de revista permanente o transitoria, estará obligado a presentar las declaraciones juradas de bienes patrimoniales".

Se estipula que para cada grado de clasificación de seguridad de la información recabada (Estrictamente secreto y confidencial, secreto, confidencial, reservado y público) se dispondrá un plazo para la desclasificación y acceso a la información que en ningún caso podrá ser inferior a los 25 años a partir de la decisión que originó su clasificación de seguridad. Sin embargo "el Poder Ejecutivo podrá ordenar la desclasificación de cualquier tipo de información y determinar el acceso total o parcial a la misma".

En el artículo 15 se advierte que "la información estará centralizada en bancos de protección de datos y archivos de Inteligencia" que tendrán, entre sus objetivos, garantizar que la información no será almacenada en las bases de datos de Inteligencia por razones de raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, de Derechos Humanos, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera.

Uno de los cambios más importantes que introduce el proyecto está incluido en el artículo 17, que estipula la transferencia "al ámbito de Ministerio Público la Dirección de Observaciones Judiciales y sus delegaciones, que será el único órgano del Estado encargado de ejecutar las interceptaciones o captaciones de cualquier tipo autorizadas y ordenadas por al autoridad judicial competente".

Finalmente en el artículo 23 del proyecto se dispone la disolución de la Secretaría de Inteligencia y la transferencia de la totalidad del personal, bienes activos y patrimonio a la Agencia Federal de Inteligencia con excepción de los bienes afectados a la Dirección de Observaciones Judiciales que serán transferidos al Ministerio Público.