La compra de dólares para atesoramiento no podrá hacerse en efectivo
La autoridad monetaria emitió un comunicado en el que establece que la operación debe saldarse en una cuenta bancaria.
A través de la Comunicación A 5526, el Banco Central monetaria determinó que sólo se podrá adquirir moneda extranjera con fines de ahorro con débito en una cuenta bancaria a la vista a nombre del cliente, o con transferencia vía MEP.
"La operación sólo podrá efectuarse con débito a una cuenta a la vista abierta en entidades financieras a nombre del cliente, o con transferencia vía MEP a favor de la entidad interviniente de los fondos desde cuentas a la vista del cliente abiertas en una entidad financiera, o con pago con cheque de la cuenta propia del cliente", determinó el Central.
La norma aclara que a los efectos del cálculo de los límites establecidos por mes en función de la escala de ingresos declarados, para la realización de una nueva operación de compra de una moneda distinta al dólar, "se computarán los pesos liquidados por cada operación al tipo de cambio de referencia del día hábil inmediato anterior al que se efectuó cada operación".
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