El Banco Hipotecario no podrá ejecutar los créditos impagos

Economía

Télam
Por Télam

  • El Banco Hipotecario no podrá ejecutar los créditos hipotecarios anteriores al 1 de abril de 1991, cuando entró en vigencia la convertibilidad.
  • La medida beneficia a unas 100 mil familias.

El juez nacional en lo civil Juan Manuel Converset ordenó al Banco Hipotecario que se abstenga de ejecutar créditos impagos garantizados con viviendas otorgados antes de la entrada en vigencia de la ley de convertibilidad, informaron hoy fuentes judiciales.

La medida cautelar dictada por el juez de primera instancia, que según las fuentes comprende los casos de unas 100.000 familias, tendrá vigencia hasta que se expida la Unidad de Reestructuración creada por Ley 26.177 para el análisis y reformulación de la totalidad de esos mutuos.

La resolución de Converset fue tomada ante una medida de amparo solicitada por la Asociación en Defensa de la Vivienda Familiar (ADEVIFRA), debido a que citada Unidad aún no formuló propuestas de reestructuración de los mutuos pactados entre los  adjudicatarios y el ex Banco Hipotecario Nacional.

Converset dispuso "que el Banco Hipotecario S.A. se abstenga de ejecutar como de liquidar intereses compensatorios, punitorios  y gastos de deudores respecto de los mutuos hipotecarios involucrados" en los artículos 1 y 2, respectivamente, de las
leyes 26.177 y 26.262.

Esta última norma prorrogaba por 90 días el plazo para que la Unidad se pronunciara sobre los mutuos, pero ese término se cumplió semanas atrás, aseguraron allegados a ADEVIFRA.

El 18 de octubre pasado, un grupo de deudores hipotecarios -nucleados en ADEVIFRA- entregaron un petitorio a las autoridades de la Cámara de Diputados en el que solicitaron el "urgente tratamiento" de un dictamen firmado por la Unidad de Reestructuración de Deuda, integrada por funcionarios del gobierno nacional y legisladores, y que destrabaría su situación.

El dictamen de la Unidad de Reestructuración apunta a obtener una ley que imponga una metodología de recálculo de los créditos originados antes del 1 de abril de 1991.

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