La calculadora para entender los cambios en Ganancias

Economía

Mediante la Resolución General 3770/15 de la AFIP, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se oficializó el beneficio en el impuesto a las Ganancias anunciado por el ministro de Economía, Axel Kicillof.

El beneficio es retroactivo a enero y consiste en un incremento escalonado de las deducciones (mínimo no imponible, cargas de familiar y deducción especial) para los trabajadores y jubilados que ganaban entre 15.000 y 25.000 pesos en el período enero agosto 2013 y para quienes superaban los $25.000 en ese momento pero ahora tienen un ingreso menor.

El beneficio
. Se incrementaron las deducciones de manera gradual en 6 tramos para la franja de salarios de entre 15.000 y 25.000 pesos, según la remuneración o los haberes mensuales percibidos:

• de 15.000 a 18.000 pesos: 25% de incremento
• de 18.000 a 21.000 pesos: 20% de incremento
• de 21.000 a 22.000 pesos: 15% de incremento
• de 22.000 a 23.000 pesos: 10% de incremento
• de 23.000 a 24.000 pesos: 7,5% de incremento
• de 24.000 a 25.000 pesos: 5% de incremento

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Nuevas deducciones. Teniendo en cuenta el incremento escalonado, las deducciones mensuales son las siguientes:

Los alcanzados por el beneficio. Podemos dividir en dos los grupos de sujetos alcanzados:

- Quienes entre el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive, hayan tenido remuneraciones brutas mensuales entre $15.000 y no superiores a $25.000 (Decreto 1242/2013).

- Quienes hayan superado el límite de $25.000 de remuneración bruta mensual en el período enero a agosto 2013, pero que a raíz de una disminución en sus ingresos, desde el 1/1/2015 no superen dicho monto.

Para quienes en el período enero agosto 2013, tuvieron ingresos menores a 15.000 no hay modificaciones y siguen exentos del impuesto.

Las remuneraciones a tener en cuenta son las normales y habituales del mencionado período, entendiéndose como tales aquellas que se cobraron, al menos durante seis de esos ocho meses.

Aquellos que tuvieron ingresos que superaban los $ 25.000 tenían una carga fiscal mayor y hoy no se benefician con la mejora, excepto que su ingreso haya sido inferior en 2015.Vigencia

Tal como fue anunciado, la medida regirá de manera retroactiva al 1° de enero de 2015, por lo que los importes retenidos hasta ahora por los empleadores deberán ser devueltos.

Cuando se trate de inicio de actividades y/o cobro de haberes previsionales a partir de septiembre de 2013, la condición del sujeto beneficiario de las rentas frente al régimen se determinará en función a la mayor remuneración y/o haber mensual, normal y habitual percibidas a partir del 1° de enero de 2015. En el supuesto que no se trate de un mes completo, deberá mensualizarse el importe percibido.

Devolución. Como el beneficio es retroactivo a enero de este año, la devolución se hará en 5 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a partir del mes en que se genere el saldo a favor del beneficiario. El importe correspondiente deberá consignarse en el recibo de haberes identificándose como "DEVOLUCIÓN GANANCIAS – R.G. AFIP N° 3770".

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Por Ignacio Barrios
Contador público
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