La Justicia Federal de Córdoba revocó la medida otorgada por el juez Hugo Vaca Narvaja que beneficiaba a PyMes, comercios en relación al aumento en las tarifas de gas. La cautelar abarcaba a todos las pequeñas empresas del país.
El nuevo aumento se aplicará en diciembre
La Sala A de la Cámara de Apelaciones en Córdoba revocó un fallo de primera instancia que había frenado el tarifazo del gas a las pymes en todo el país y que ordenaba al Enargas que "retrotraiga urgentemente" la refacturación al 31 de marzo de este año. Ahora, no sólo deberán abonar el aumento, sino que también la deuda con los valores actuales.
A fines de septiembre, el magistrado dispuso "hacer lugar a la medida cautelar peticionada por Apyme y, en consecuencia, disponer para el colectivo integrado por los pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines, la suspensión de las medidas contenidas" en las resoluciones del Ministerio de Energía que disponían el ajuste tarifario. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones consideró que el fallo no se ajusta a la decisión de la Corte Suprema que suspendió la suba del gas para usuarios residenciales, pero no así para las pymes.
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En consecuencia, el juez estableció que debe darse "continuidad al cuadro tarifario del servicio vigente con anterioridad al 31 de marzo del corriente año, es decir, sin variación alguna que no surja del propio consumo del usuario". Ahora, las pymes deberán pagar la deuda que acumularon desde esa fecha con la correspondiente refacturación con la nueva tarifa.
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"Las prestadoras del servicio de distribución deberán adoptar las medidas necesarias para posibilitar el pago de las facturas adeudadas en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago", decía el fallo de Vaca Narvaja.
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"En caso contrario, estaríamos impulsando a todas las pequeñas y medianas empresas del país a concurrir a la Justicia de manera individual, lo que llevaría a la saturación de los juzgados federales de la Nación", añadió. En declaraciones televisivas, el magistrado afirmó que su decisión debe "aplicarse a nivel nacional". "El Estado no puede interrumpir la prestación del servicio", añadió.
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