Ciudad y prensa: el mandato de defender las libertades

El legislador porteño por el PRO que acaba de presentar dos proyectos para dotar a la Ciudad de su propia ley de Medios, explica el alcance de la iniciativa del macrismo y echa por tierra las críticas de la oposición.

Escribe Oscar Moscariello (*)

Rescatamos el valor político de Mauricio Macri de defender la libertad de expresión en la Ciudad de Buenos Aires. Es coherente con las políticas públicas desarrolladas por nuestro espacio político en el Gobierno de la Ciudad, no sólo con ésta, sino con otras libertades y garantías establecidas tanto por la Constitución Nacional como por la Constitución Porteña.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires cuyas competencias originarias establecidas en el artículo 113 de la Constitución porteña implican justamente la de interpretar la Constitución Nacional y de la Ciudad en el ámbito local, tiene dicho que "Es la autonomía que la Constitución Nacional ha conferido a la Ciudad de Buenos Aires la que la autoriza a regular los hechos y actos que tienen lugar en su territorio, que no atañen en forma exclusiva a intereses federales, aún cuando los efectos de ellos puedan sobrepasar las fronteras de este estado." (Expte. N° 334/00 "Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas y otro c/Gobierno de la ciudad de Buenos Aires s/Amparo").

Hemos escuchado sin embargo a varios miembros de la oposición porteña, que integran el oficialismo nacional, decir que la Ciudad no posee facultades para reglar la libertad de expresión en medios audiovisuales o escritos.

Nada más equivocado.
Resulta extraño que fuerzas políticas de la Ciudad quieran expresar una versión diminuta de la autonomía porteña.

Para clarificar sobre las consecuencias posibles de esta afectación grave a la autonomía y a la distribución de competencias entre provincias y Nación contenida en la Constitución Nacional, podríamos mencionar que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se vería impedida, por ejemplo, de resolver en el futuro la instalación de infraestructura propia como sería una red troncal de transmisión de contenidos digitales a partir de la cual se materialice luego la distribución selectiva a sus clientes de las distintas empresas prestadoras. ¿Es acaso que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tendría derecho a hacerlo?

Creemos que nada impide que una ley de la Ciudad regule la prestación de servicios de difusión de señales, programas y contenidos audiovisuales cuyo soporte técnico de transmisión se realice mediante vínculos físicos que configuren redes ubicadas dentro de los límites territoriales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Del mismo modo, sostenemos con toda convicción que "La libertad de imprenta que, con arreglo al art. 32 de la Constitución Nacional, se halla a resguardo de posibles restricciones del Congreso y exenta de la jurisdicción federal, constituye, con la libertad de trabajar y ejercer industria lícita, uno de los pilares del sistema constitucional de gobierno (Voto del Dr. Luis María Boffi Boggero Publicado:  Fallos 257:308.)."

La Ciudad puede a través de su legislación establecer procedimientos para todas las materias de legislación común, al igual que cualquier provincia dicta leyes procesales para las materias civil, comercial, penal, administrativas o de trabajo, sin vulnerar la Constitución Nacional.

Está claro que cuando están en juego derechos constitucionales de la primera generación, es decir, aquellos en los que son necesarios para su respeto, que el Estado se abstenga de intervenir, toda regulación a favor de dichos derechos es bienvenida.  No existe libertad de prensa sin medios, y sin libertad de prensa, no hay democracia.

Es hora de vivir nuestra autonomía, y dar el debate sobre su alcance, dentro de la Legislatura de la Ciudad.

(*) Oscar Moscariello es legislador de la Ciudad de Buenos Aires por el PRO

Temas

Dejá tu comentario