Las implicancias del acuerdo con el Club de París
El gerente de Análisis Económico en Abeceb.com, analiza el acuerdo alcanzado esta semana entre la Argentina y el Club de París que puso, de alguna manera, fin al default de 2001.
* El capital adeudado devenga un interés del 3% anual a partir del acuerdo durante los primeros cinco años.
* Se establece un pago mínimo para el país y pagos adicionales que estarán sujetos a los montos de las inversiones que lleguen de los países miembro excedentes a lo acordado. Sin embargo, no se dieron a conocer los detalles del cronograma de pagos.
* El país podrá extender el plazo de pago en dos años si las inversiones comprometidas por los países no llegan. De ser este el caso, el interés sobre el capital adeudado subirá en un punto porcentual. Si bien, aun no se cuenta con un detalle de los pagos de capital acordados más allá del 2016, como tampoco de los montos de inversiones comprometidas, puede decirse que esta solución cuenta con más pro que contras.
Se trataba del paso obligado a la vuelta de los mercados de crédito voluntarios de deuda y es, de alguna manera, la salida definitiva del default. En este sentido, veremos una reducción del riesgo país argentino. En tanto que si bien tiene en el corto plazo desembolsos (u$s 1.150 millones en un año), debe advertirse que se reduce el costo financiero de la deuda ya que hasta la fecha venía acumulando intereses a una tasa promedio del 7%.
Lo que queda pendiente es el litigio que Argentina lleva adelante con los bonistas que quedaron fuera de los canjes de 2005 y 2010 en los tribunales de Nueva York. Actualmente, la demanda de los holdouts por el pago total de lo adeudado, con sentencia firme de primera y segunda instancia, espera la definición de la Corte Suprema americana, quien deberá resolver si acepta o no tomar el caso. La expectativa es que la resolución de la causa continúe siendo dilatada más allá de diciembre de este año, fecha en la que vence la cláusula de pari passu que impide al gobierno arreglar con los holdouts por fuera del acuerdo original del canje. Es bien sabido que Argentina no puede afrontar una sentencia desfavorable ya que no posee los fondos suficientes para hacer frente a los pagos de la totalidad de la deuda para todos sus bonistas (los que entraron y los que no entraron al canje) y que a su vez, esto formaría un precedente negativo para los procesos de restructuración de deuda con legislación americana, generando desincentivos (o incrementando los costos) para el deudor de asumir compromisos bajo esta legislación.
En lo que respecta a los pagos de la deuda performing, Argentina no enfrenta ningún tipo de dificultad. La revisión de los datos de cuentas nacionales que dieron un crecimiento de 3% para este año y evitan el pago del Cupón PBI contribuye a reducir los pagos programados para este año. Los vencimientos netos de roll-over en moneda extranjera ascienden a unos u$s 4.000 millones y u$s 4.500 millones para este año y el próximo respectivamente. Con reservas que rondan los u$s 28.000 millones y un déficit de cuenta corriente acotado, los pagos están asegurados.
(*) Mariano Lamothe es gerente de Análisis Económico de abeceb.com
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