Casación avaló el juicio oral al ex juez Juan José Galeano
Es por irregularidades en la investigación del atentado a la AMIA, por el pago ilegal de 400 mil dólares al acusado Carlos Telleldín.
La sala II de Casación rechazó un recurso de Galeano y ratificó un fallo de la sala I de la Cámara Federal porteña que había anulado un sobreseimiento a Gaelano por el delito de "peculado", a raíz de pago ilegal al entonces detenido Telleldín a cambio de una declaración indagatoria en la cual acusó falsamente a policías bonaerenses en el atentado contra la AMIA.
Los camaristas Angela Ledesma, Eduardo Riggi y Juan Carlos Gemignani rechazaron el recurso de Casación de la defensa de Galeano, quien argumentó el principio de "cosa juzgada" en la causa por peculado, a raíz de un fallo a su favor dictado en 1997.
El fallo favorece la posición sostenida por el ministerio de Justicia de la Nación, que actúa como querellante en la causa.
"No puede soslayarse que el hecho principal al que se vinculan estas actuaciones (atentado contra la AMIA) ha sido calificado como de lesa humanidad y las querellas que informaron oralmente en la audiencia, han alegado que se trata de un crimen de Estado que implicó graves violaciones a los derechos humanos", sostuvo la camarista Ledesma.
"Frente a una imputación vinculada con la deficiente (o irregular, en este caso) actuación de un magistrado en el marco de un proceso al que le pudiera caber la calificación de lesa humanidad o de grave violación de los derechos humanos; es requisito previo, determinar los alcances de ese reproche respecto del hecho principal para establecer si aquella calificación debe extenderse a la actuación del juez de la causa, con los alcances y efectos que le son propios a esta especial categoría de delitos", dice el fallo.
La resolución sostiene además que "podría tener incidencia en el ámbito de la responsabilidad internacional del Estado Argentino, motivo por el cual, a ese sólo efecto, considero que debe ceder la cosa juzgada."
"Esta solución se compadece además con la obligación que asumió el Estado Argentino de aplicar medidas tendientes a garantizar la investigación del atentado y el encubrimiento de la AMIA y las sanciones a los responsables de acuerdo al acta suscripta el 4 de marzo de 2005, 122° período ordinario de sesiones de la Comisión IDH, petición 12.204 y del Decreto 812/2005 que aprobó ese acta de la Comisión IDH donde se reconoce la responsabilidad del Estado Nacional.", sostuvo la camarista en su voto.
En tanto, el camarista Juan Carlos Gemignani sostuvo que el fallo que sobreseyó a Galeano en 1997 tiene "defectos de tal magnitud" que lo convierten en "fraudulento", porque que quedó firme la realización del juicio en su contra.
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