Para la Justicia, "no hubo ningún maquiavélico plan para encubrir a los responsables del atentado"
Los fundamentos de los jueces y los párrafos destacados del fallo que confirmó la desestimación de la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman contra la Presidenta y otros miembros del Gobierno.
"El Memorándum de Entendimiento pudo ser un fracaso para la diplomacia argentina, un error para los anales legislativos, una desilusión para quienes creyeron ver en su texto el avance de la investigación por el atentado, pero de allí a ver forjado en él un maquiavélico plan por encubrir a los responsables de las cientos de víctimas de la voladura de la AMIA existe un abismo", sostuvo el juez Jorge Ballestero en el fallo en el que se confirmó la desestimación de la denuncia del fiscal Alberto Nisman.
El juez Ballestero, que abrió la votación, sostuvo que "ninguna imputación que procure cimentarse sobre la sola expresión objetiva del Tratado puede aspirar seriamente a instituirse en base de una investigación penal. El Memorándum fue, a los ojos de esta Alzada, inconstitucional, mas no la canalización de un acto criminal".
Por su parte, el camarista Eduardo Freiler, que también se inclinó por homologar la desestimación de la denuncia de Nisman, hizo hincapié en el Memorandum de Entendimiento y sostuvo que "cabe tener en cuenta que la firma de un Tratado con una potencia extranjera es una de las facultades que nuestra Constitución Nacional reconoce al Poder Ejecutivo y que tal conducta, per se, no puede ser considerada constitutiva de un delito penal, como ha acaecido aquí, salvo que existan serios indicios que autoricen a sospechar razonablemente lo contrario".
"No es función de los Magistrados referirnos al mérito, a la conveniencia o a la oportunidad en la que se desarrollan los actos de gobierno de otro poder del estado, sino determinar la existencia de conductas con significación jurídica y, en su caso, deslindar las responsabilidades penales que, en virtud de ello, puedan corresponder a sus autores. En el escenario descripto, se impone la homologación de la desestimación de las presentes actuaciones", sostuvo Freiler.
En disidencia el camarista Eduardo Farah consideró que "hubiera correspondido darle curso –sin adentrarse en un análisis dogmático o probatorio propio de otras instancias, pero ello no se hizo, apartándose la decisión de la solución normativa prevista para el caso".
En su voto, el juez se inclinó por anular la resolución de Rafecas y apartarlo de la investigación. "Es iniciando la instrucción y dando curso a las medidas de prueba que devienen pertinentes que podrán esclarecerse todos los interrogantes en pie. Negar su apertura no sólo es incorrecto, contraría lo estipulado por la ley".
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