Cautelares: el Colegio de Abogados porteño pidió la inconstitucionalidad
La presentación se realizó en el fuero Contencioso Administrativo Federal, a raíz de la Ley 26.854, que limita la concesión de ese tipo de recursos contra el Estado Nacional.
Jorge Rizzo
La presentación de 55 carillas fue realizada en el juzgado federal en lo Contencioso Administrativo N°5, a cargo de la jueza María Alejandr Biotti, contra el Estado nacional, porque, según la entidad que nuclea a los abogados, "la norma vulnera, en forma manifiestamente ilegal y arbitraria, derechos adquiridos de los abogados, afectando la dignidad profesional y entorpeciendo el libre ejercicio de la abogacía".
"Su texto acentúa groseramente la desigualdad existente entre el Estado nacional y los justiciables o administrados, creando prerrogativas a favor del primero quién pretende prevalecer sobre los derechos y garantías de los segundos", dice la presentación.
El Colegio advirtió que de aplicarse la ley que ahora impugnan "los abogados se verían imposibilitados de ofrecerles a sus clientes un servicio jurídico que antes podían ofrecer en toda su dimensión y eficacia".
"No es esta expresión, una queja meramente corporativa por restar a nuestras incumbencias una vía más". "Es, sin hesitación, un cercenamiento manifiesto del derecho de los ciudadanos a obtener protección rápida y eficaz contra el accionar del Estado", añadió.
"Sabido es que un pleito contra el Estado nacional es extenso debido a plazos y ventajas que se han previsto en su favor, así como complejo. Además, en caso de sentencia condenatoria en su contra, hacerla efectiva conlleva un engorroso proceso de trámite habitualmente largo y tedioso para cobrar, en el mejor de los casos, bonos cuya solvencia no siempre está garantizada más allá del nivel de cotización normalmente bajo", dice el texto.
El Colegio resaltó que "el conjunto de exigencias impuestas a las medidas cautelares contra el Estado nacional viene a desproteger a la parte más vulnerable del litigio, quien se verá imposibilitada de obtener un verdadero amparo en sus derechos en tiempo útil, todo ello en claro beneficio a los intereses del Estado nacional".
El lunes una jueza del fuero contencioso administrativo rechazó in limine, es decir sin haber tratado los fundamentos, un planteo de inconstitucionalidad de la ley. Pero la resolución fue dictada porque la ley no había sido publicada aún.
Ahora sí, la justicia deberá pronunciarse sobre la cuestión de fondo, es decir sobre la constitucionalidad de la norma y antes deberá determinar si suspende la aplicación de la ley, ya que el Colegio pidió el dictado de una medida cautelar.
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