Para la Corte, torturas en democracia no son delito de lesa humanidad
Por Télam
- La Corte Suprema dio por cerrado un caso de tortura ocurrido en 1988 en una comisaría.
- Para que sea considerada como tal, la tortura debe haber sido practicada al amparo de un Estado y esto no ocurría en aquel año, sentenció el Tribunal.
La Corte Suprema resolvió declarar la prescripción de una causa contra un ex policía federal acusado de torturar a un detenido en 1988, al entender que este tipo de delito no encuadra dentro de la categoría de "lesa humanidad" porque no fue cometido al amparo de la estructura del Estado.
Argibay.
La Corte falló en consonancia con un dictamen previo del Procurador General de la Nación, Esteban Righi, que dio por cerrado el caso donde Alves sufrió una "detención ilegal, la aplicación de golpes y la privación de medicamentos", recordó.
"El autor de estos hechos habría sido René Jesús Derecho, quien era miembro de la Policía Federal. Los ilícitos habrían ocurrido dentro de la División Defraudaciones y Estafas de dicha institución", explicó Righi.
"El propósito de todas estas conductas, especialmente la aplicación de los golpes, habría consistido, según el apelante, en que Bueno Alves produjera una declaración que comprometiera penalmente a su abogado, el doctor Carlos Pérez Galindo", enumeró el Procurador.
Pese a todo ello, el paso del tiempo sin avances significativos en la pesquisa determinó su prescripción. El 11 de mayo pasado, la CIDH condenó al Estado a pagar US$ 223 mil al damnificado en el término de un año.
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