A tener en cuenta: cómo acceder a la VTV sin tener que pagar
En caso de transitar sin este trámite, el conductor se expone a elevadas multas y serias sanciones. Conocé todos los detalles en la nota.
Estos son los conductores que podrán acceder a la VTV de forma gratuita en enero.
La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un trámite obligatorio que busca que los vehículos que circulan cumplan con las condiciones de seguridad exigidas por la ley. Durante la inspección en talleres autorizados se revisan elementos como frenos, luces, dirección y neumáticos, asegurando que los autos y motos sean aptos para transitar sin riesgos.
Este enero, la VTV tendrá un beneficio especial: determinados grupos podrán realizar la verificación sin costo, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa. La medida busca facilitar el acceso al trámite y promover que más vehículos circulen en condiciones seguras.
Quiénes pueden acceder a la VTV gratuita
La exención del pago de la VTV está destinada a quienes enfrentan dificultades económicas. Los grupos que podrán acceder a este beneficio son los siguientes:
- Jubilados, pensionados y mayores de 65 años titulares de un vehículo y que cobren hasta dos haberes mínimos jubilatorios.
- Personas con discapacidad titulares de vehículos.
- Personas con discapacidad no titulares del vehículo, incluyendo: padres, tutores, descendientes, cónyuges o convivientes.
Cómo solicitar la exención de pago
Cada beneficiario debe presentar la documentación correspondiente a su categoría al momento de pedir el turno o al realizar la VTV.
Requisitos para jubilados, pensionados y mayores de 65 años
- Copia de la cédula verde
- Título del vehículo
- Copia del DNI
- Comprobante de haberes
- Kilometraje del vehículo
- Fecha de nacimiento del titular
- CUIT/CUIL del titular
Requisitos para personas con discapacidad titulares del vehículo
- Copia de la cédula verde
- Título del vehículo
- Copia del DNI
- Copia del Certificado Único de Discapacidad (CUD)
- Kilometraje del vehículo
- Fecha de nacimiento del titular
- CUIT/CUIL del titular
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