La AFIP cambió el régimen de equipajes
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió nuevas disposiciones para facilitar el regreso de los residentes que viajan al exterior y evitar demoras innecesarias.
1. Retirado su equipaje, "el viajero deberá dirigirse hacia la zona de revisión próxima a la salida para formalizar, en todos lo casos, la declaración del mismo mediante la presentación del formulario OM-2087/G3 o OM-2087/G4 ante el servicio aduanero. Dichos formularios deberán ser provistos por las compañías de transporte".
6. Para todos los casos el personal afectado al control aduanero, podrá ordenar la verificación física de los viajeros y sus equipajes, "en función de los perfiles de riesgo elaborados por la Sub-dirección General de Control Aduanero, de lo visualizado en el scanner o cuando los mismos resultaren sospechosos".
7. En el supuesto que el viajero manifieste que espera equipaje no acompañado, "el pasaporte será intervenido por el servicio aduanero. De no resultar necesaria la presentación del mismo, la manifestación referida al equipaje deberá realizarse por escrito".
Temas






Dejá tu comentario