ARCA: el límite máximo de dinero que se puede transferir sin dar explicaciones este mes
El organismo dio a conocer los topes a la hora de realizar transacciones. En caso de superar el monto establecido, las entidades bancarias deberán informan los movimientos. Los detalles la nota.
ARCA dio a conocer cuáles son los límites máximos que se puede transferir sin dar explicaciones.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), durante las últimas semanas, modificó los topes a partir de los cuales los bancos deben avisar sobre los movimientos de sus clientes. Esta actualización forma parte del Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos impulsado por el Gobierno nacional.
De esta manera, cada vez que se superen los límites establecidos, los titulares de las cuentas deberán justificar el origen de los fondos. En caso de no presentar las justificaciones solicitadas, podrían enfrentar bloqueos preventivos en sus cuentas bancarias.
El máximo que no se puede superar en transferencias bancarias
Según la normativa de ARCA, las transferencias entre personas físicas no se reportan mientras no superen $50 millones al mes. Esto incluye envíos entre familiares o terceros, siempre que no se trate de actividad comercial habitual o con patrones sospechosos. Además, el organismo también fijó límites para otros tipos de operaciones:
- Extracciones en efectivo: hasta $ 10.000.000.
- Saldos bancarios al cierre del mes: $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.
- Plazos fijos: $ 100.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: hasta $ 100.000.000 en el caso de particulares.
- Compras como consumidor final: pueden llegar a $ 10.000.000 sin necesitar de ninguna explicación adicional.
- Pagos de todo tipo: límite de $ 50.000.000 en personas físicas y $ 30.000.000 en jurídicas.
Qué pasa si se superan los límites establecidos
Si los movimientos superan los límites, ARCA puede pedir documentos que prueben de dónde proviene el dinero, aceptando ciertos tipos de respaldo para justificar los fondos. Estos son algunos de los documentos habilitados:
- Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación
- Declaraciones juradas de impuestos
- Facturas por ventas o servicios
- Constancias de transferencias anteriores
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