ARCA: los montos permitidos para transferir sin ser investigado en octubre
Si el usuario pasa los límites, el banco puede pedirle papeles que demuestren de dónde proviene el dinero, como recibos de sueldo.
ARCA: los montos permitidos para transferir sin ser investigado en octubre
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), volvió a modificar los montos a partir de los cuales las operaciones bancarias y digitales pueden ser revisadas. En un contexto de inflación y crecimiento de las billeteras virtuales, ARCA busca reforzar el control de los movimientos de dinero sin afectar el uso diario.
Desde enero, exige que bancos y apps financieras informen las operaciones que superen ciertos montos, los cuales se actualizan cada seis meses según el IPC del INDEC.
ARCA reafirmó los nuevos montos que podés transferir
Durante octubre de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los topes que determinan qué operaciones bancarias y digitales deben ser informadas por bancos y billeteras virtuales. A partir de ahora, las entidades deberán reportar los siguientes movimientos:
- Transferencias y acreditaciones: Personas físicas: $50.000.000; Personas jurídicas: $30.000.000
- Extracciones en efectivo: $10.000.000 tanto para personas físicas como jurídicas.
Con esta medida, las instituciones financieras tienen que comunicar a ARCA las altas, bajas y modificaciones de cuentas, junto con las transacciones que superen los límites establecidos. En el caso de las transferencias, se deben informar los montos, el tipo de operación y las cuentas de origen y destino.
El régimen no afecta las operaciones diarias de los usuarios, pero si ARCA detecta inconsistencias o movimientos sospechosos, podrá iniciar una fiscalización para comprobar el origen de los fondos.
En caso de superar los límites y luego de evaluar la situación del contribuyente, el organismo puede pedir documentación que justifique el origen del dinero, la cual debe enviarse por correo electrónico. Entre los papeles solicitados se incluyen:
- Recibos de sueldo.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturas emitidas recientemente.
- Constancia de monotributo.
- Tickets de compra o venta.
- Justificación por la venta de acciones o empresas.
Si la información no resulta suficiente o se detectan irregularidades, ARCA puede derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF), encargada de analizar posibles maniobras irregulares.
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