El documento clave y obligatorio para aprobar la VTV que pocos recuerdan
Este documento es fundamental en todo el país y busca reducir los accidentes viales. Los detalles en la nota.
El documento clave y obligatorio para aprobar la VTV que pocos recuerdan.
La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un trámite obligatorio para garantizar la seguridad en las calles y rutas. Durante la inspección, se revisan el sistema de frenos, luces, neumáticos y otros componentes clave del vehículo para asegurar su correcto funcionamiento y prevenir accidentes viales, lo que se reduce en una conducción segura y efectiva.
Las modificaciones a este sistema de inspección no sólo modifican los plazos en los que deben realizarse las revisiones, que siguen siendo obligatorias, sino también amplían el formato de los centros donde los vehículos deben ser inspeccionados. Si no cumplís con estos requisitos se puede aplicar la multa.
La documentación necesaria para realizar la VTV
Según la página de la provincia de Buenos Aires, al realizar la Verificación Técnica Vehicular por primera vez con un vehículo, es necesario presentar el DNI, la licencia de conducir y la Cédula Única de Identificación del Vehículo. Solo en esta ocasión se solicitará el Título de Propiedad.
Este documento certifica que el vehículo es de su propiedad, ya sea un auto, una motocicleta o cualquier otra unidad autorizada para circular por las rutas y calles. En él se detallan el número de dominio, los datos del titular, información del vehículo como modelo, número de motor y chasis, así como datos de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA).
Se puede obtener a través del DNRPA, tanto en formato digital como presencial. Para la versión digital, se necesita la Constancia de Asignación de Título (CAT), que se puede solicitar en la web del registro.
Exenciones y obligaciones para la VTV
La Verificación Técnica Vehicular es obligatoria para vehículos particulares con más de tres años de antigüedad o 60 mil kilómetros recorridos; y para motocicletas, será de un año. Si tienen menos antigüedad o kilómetros, están exceptuados de hacerlo.
Ahora bien, existen grupos que deben pasar el trámite, aunque el organismo los eximirá del pago:
- Vehículos de uso municipal y bomberos
- Vehículos de personas con discapacidad
- Jubilados, pensionados o mayores de 65 años que superen el haber mínimo jubilatorio y posean un vehículo cuyo valor no exceda el mínimo indicado para el pago del impuesto a la radicación de vehículos de la Ciudad de Buenos Aires (solo CABA).
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