Cuando se quiere, se puede

Sociedad

Hace rato que se debate sobre la aplicación o no, de la construcción doctrinaria llamada "homicidio con dolo eventual".

Mucho se ha discutido en las últimas semanas sobre los casos de conductores que atropellan y matan. Mucho se ha discutido tras el caso de Haedo sobre qué figura penal le corresponde al acusado Diego Cuevas.

Hace rato que se debate sobre la aplicación o no, de la construcción doctrinaria llamada "homicidio con dolo eventual".

Esa figura castiga con penas de 8 a 25 años a quienes debieron representarse un daño, manejando de modo temerario, y a pesar de esa representación, siguieron manejando igual, y mataron.

En la causa de Haedo que terminó con dos muertes, se planteó una vieja diferencia de criterios. Con la misma prueba, un fiscal entendió que había dolo y metió preso a Cuevas. El juez entendió lo contrario. Acusó por homicido culposo y liberó al conductor.

Sin embargo, en Mar del Plata se conoció un fallo que puede sentar precedente: un hombre fue condenado a 8 años de cárcel por atropellar y matar a una mujer y sus dos hijos.

En este caso, el Tribunal entendió que se trataba de un homicidio con dolo eventual porque el conductor sabía que manejaba un auto al que no le andaban los frenos, a más de 100 kilómetros por hora y con la VTV vencida.

En González Catán, detuvieron a Juan Fernández, y lo culparon de homicidio con dolo eventual. Es el hombre que, manejando a alta velocidad y en zig zag, atropelló y mató a una kiosquera y a un nene, para luego huir.

En el caso de Haedo, Cuevas sigue libre y como una clara burla a las víctimas, alguien "truchó" la muestra de sangre del acusado que podía demostrar que manejaba alcoholizado.

El dolo eventual se puede aplicar. Sólo se necesita pruebas, indicios y valor.

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