La Corte Suprema dejó firme el fallo contra el líder de "La banda de los Copitos": cuál fue su delito

Sociedad

Aunque fue absuelto hace dos meses por el atentado a Cristina Kirchner, Nicolás Carrizo fue encontrado culpable de tener dos documentos nacionales de identidad.

La Corte Suprema de Justicia dejó firme este viernes el fallo contra el otrora líder de la "Banda de los Copitos", Nicolás Carrizo, en la causa por la tenencia ilegítima de dos documentos nacionales de identidad (DNI) que inició de manera paralela a la investigación por su rol en el atentado a Cristina Kirchner.

Hace apenas dos meses que Nicolás Gabriel Carrizo fue absuelto en la causa por el atentado a Cristina Kirchner, ocurrido el 1o de septiembre de 2022 en Recoleta, pero tras ser liberado le quedó un tema pendiente en la Justicia.

Resulta que durante el proceso de investigación judicial por el atentado a Cristina Kirchner salió a la luz que Carrizo tenía dos DNI, lo que no hizo más que complicar su situación procesal con la apertura de una causa paralela al del intento de magnicidio.

Carrizo estuvo detenido dos años y 11 meses, hasta que en octubre de 2025 lo excarcelaron al inicio de los alegatos del juicio en el que resultaron condenados Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte por intento de homicidio agravado.

nicolás carrizo tras ser absuelto cfk

El Tribunal Oral Federal 6 absolvió a Carrizo como presunto partícipe secundario, pero el juez de San Martín Matías Mancini lo juzgó por haber mantenido bajo su disposición, hasta el 14 de septiembre de 2022, dos DNI auténticos que no le pertenecían y que se hallaban en una caja de teléfono dentro de su domicilio del partido bonaerense de Morón.

La titular de uno de los DNI se presentó ante la justicia y declaró que lo había perdido "hacía varios años", mientras que Carrizo sostuvo que la Policía se lo "plantó" durante el allanamiento de su casa.

El juez Mancini rechazó la explicación de Carrizo y lo condenó, pero la defensa del líder de la "Banda de los Copitos" (es decir, de un grupo de vendedores de algodón de azúcar), apeló el fallo de primera instancia.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena en mayo de 2024 y la Corte Suprema cerró definitivamente la vía recursiva esta semana al considerar inadmisible la queja presentada por la defensa.

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