Comienza el jury a los jueces que absolvieron a los femicidas de Lucía Pérez

Sociedad

Familiares y amigos marchan en La Plata para esperar, este martes, el inicio del proceso, e invitaron a acompañar por redes sociales con el hashtag #SomosLucía

Este martes comienza el jury de enjuiciamiento a dos de los jueces que en 2018 absolvieron a tres imputados por el abuso sexual y femicidio de Lucía Pérez, la adolescente de 16 años asesinada en 2016 en Mar del Plata, por lo que sus familiares, amigos y organizaciones feministas se movilizarán hasta la ciudad de La Plata para esperar el inicio del proceso.

Se trata de una jornada nacional de lucha por justicia por Lucía que se realizará a partir de las 9, cuando familiares, amigos y organizaciones se concentrarán en las calles 7 entre 51 y 53 de La Plata para seguir el inicio de juicio a los magistrados Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 marplatense, quienes son investigados por su fallo de noviembre del 2018 en el que absolvieron a Matías Farías (26), Juan Pablo Offidani (45) y Alejandro Maciel (62).

En el marco de esta jornada, se invita a acompañar por redes sociales con el hashtag #SomosLucía, precisaron fuentes familiares.

En agosto de 2020, el fallo que absolvió a Farías, Offidani y Maciel fue revertido por el Tribunal de Casación bonaerense, por lo que esos dos jueces (el tercero, Aldo Carnevale, renunció para jubilarse) fueron denunciados y se constituyó un jury de enjuiciamiento que, a partir de este martes, comenzará con las audiencias para determinar si destituye o no a los magistrados.

En la acusación de la Comisión Bicameral de Enjuiciamiento a Magistrados, a la que accedió Télam, se indicó que "la queja se relaciona con la resolución de libre absolución que beneficiara en el juicio oral a los autores de los delitos, por el gravísimo delito de abuso sexual, con acceso carnal, agravado por haber causado la muerte de la ofendida y habiendo sido favorecido por el suministro de estupefacientes".

"Dan cuenta las denuncias de manera concordante que la niña fue drogada, abusada sexualmente y asesinada, por lo que la sentencia dictada lejos de ajustarse a derecho evidencia una clara arbitrariedad, que deja impune el femicidio, de lo que demuestra con supina claridad la incompetencia e incumplimiento a los deberes del cargo de los juzgadores", señalaron los acusadores, que consideraron que "se advierte que no existió justificación alguna para negar que en el suceso se hubiera producido un abuso sexual respecto de la menor, con los agravantes ya enunciados".

Para la Bicameral, "debió contemplarse que la dependencia le impedía a la niña dirigir su voluntad" y recordó que "se consignó en la sentencia que hasta cambiaba droga por sexo, que no podía ser fácilmente sometida y que no existió una relación de subordinación por mantener relaciones no consentidas".

Según la acusación, los jueces "negaron una situación de vulnerabilidad dentro del contexto de género y que fuera cosificada para satisfacer sus deseos".

En el informe se cuestionó, además, que el TOC 1 se enfocó en "indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, como su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter y en distinguir la conducta de los imputados y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal".

Farías, Offidani y Maciel fueron absueltos el 26 de noviembre de 2018 porque para los jueces Gómez Urso, Carnevale y Viñas no había elementos para probar la acusación del abuso sexual y el femicidio.

Los magistrados condenaron a Farías y Offidani a ocho años de prisión como coautores del delito de "tenencia de estupefacientes con fines de comercialización" en inmediaciones de la escuela a la que asistía Lucía.

No obstante, las absoluciones dispuestas en ese fallo por el femicidio fueron revocadas en agosto de 2020 por la Cámara de Casación Penal bonaerense, que aseguró que ambos debían enfrentar un nuevo juicio con perspectiva de género, resolución que fue ratificada en dos ocasiones -en mayo y agosto de 2021- por la Suprema Corte de Justicia provincial.

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