Mujer que denunció a un súper por $300 mil terminó imputada por estafa
La denunciante sufrió una caída en el centro comercial en 2010 y reclamó una indemnización por una quebradura en su mano derecha. Sin embargo, tras comprobarse que dio datos falsos, terminó complicada.
Según el expediente, en marzo de este año, la denuncia ingresó a la Unidad Fiscal de Capital, donde se contabilizó la presentación, por parte de la ahora denunciada, de 21 recibos del 3 al 28 de febrero de 2009, pero que habían sido impresos el 21 de octubre de 2010.
Mientras que la odontóloga aportó otros 50 recibos con fechas que van del 28 de febrero de 2009 al 26 de enero de 2010, pero como que habían sido impresos en abril de 2011, lo "que se colige que la totalidad de los recibos individualizados son apócrifos", señaló la fiscal Orieta Daniela Chaler, calificando el hecho como "falsificación de instrumentos privados reiterados (71 hechos), en concurso real y en concurso ideal con la estafa procesal, en grado de tentativa".
La mujer, que de denunciante pasó a imputada, se encuentra en libertad a la espera que el caso sea elevado a juicio.
La Estafa Procesal se encuentra tipificada en el art. 250.1.7º del Código Penal y configura un sub tipo agravado del delito de estafa, lo que lleva aparejado unas penas superiores a las establecidas para el tipo básico de estafa.
El art. 250.1.7º castiga con una pena agravada hasta seis años de prisión y multa cuando: "Se cometa estafa procesal. Incurren en la misma los que, en un procedimiento judicial de cualquier clase, manipularen las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones o emplearen otro fraude procesal análogo, provocando error en el juez o Tribunal y llevándole a dictar una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero".
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