Micros escolares con cinturones de seguridad obligatorios

Sociedad

* A los transportes de la Provincia de Buenos Aires se les exigirá también la incorporación de cabezales a sus asientos.
* La ley fue publicada hoy en el Boletín Oficial y los dueños de los ómnibus tendrán 18 meses para adaptar los vehículos.

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Por NA

Los transportes escolares de la Provincia de Buenos Aires deberán incorporar obligatoriamente cinturones de seguridad y cabezales a sus asientos, según la ley
13.637 que entró en vigencia ayer al ser publicada en el Boletín Oficial.



La ley, sancionada a fines de diciembre de 2006 en la Legislatura bonaerense, fija un plazo de 18 meses para que los micros que lleven chicos a la escuela realicen esta nueva
adaptación, si es que no la tienen incorporada.



La nueva norma reforma el artículo 64, inciso 1, de la ley 11.430, que prescribe la obligatoriedad de cinturones de seguridad y de cabezales en los asientos "para todos los ocupantes".



En el artículo mencionado, y mediante la modificación, se agregó que las reformas son extensibles "a la totalidad de los transportes escolares que circulen por la Provincia de Buenos Aires".



De no ser cumplida, el micro tendrá la sanción correspondiente, y será considerado un agravante si el conductor del mismo tampoco utiliza el cinturón.



 Esta sanción está incluída en el Código de Tránsito bonaerense, que indica que cualquier tipo de sanción "podrá aumentarse hasta el triple" a quienes cometiendo faltas de tránsito ponen en inminente peligro la salud de otras personas.



Según la nueva ley, este tipo de sanciones será aplicable a partir de los 18 meses desde la publicación de la norma en el Boletín Oficial, ocurrida ayer, a fin de que los conductores puedan efectuar la adecuación de sus vehículos.

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