A partir de ahora, todos los medicamentos deberán ser entregados por el farmacéutico en el mostrador.
La Justicia desestimó una medida cautelar que había impuesto Farmacity para que se le permita exhibir medicamentos de venta libre. Con esta decisión, sólo podrá expenderlos vía mostrador y dejar las góndolas para el resto de los productos.
La Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal revocó un fallo que permitía a la cadena dejar "al alcance de la mano del consumidor" los comprimidos.
Según publica el Centro de Información Judicial (CIJ), la empresa se había presentado en el juzgado denunciando que en un trámite iniciado ante el Ministerio de Salud para obtener la habilitación de un nuevo local, al presentarse la inspectora de ese organismo indicó al director técnico que las especialidades medicinales de venta libre debía permanecer detrás del mostrador, adecuándose a las normas vigentes.
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Ante ello, se solicitó el dictado de una medida cautelar que suspenda la ejecución y efectos de los actos administrativos impugnados y se ordene al Ministerio de Educación la abstención del dictado y/o ejecución de cualesquiera otros que afecten los derechos objeto de controversia en el proceso, "de modo de poder mantener los medicamentos de venta libre en las góndolas y escaparates de sus locales de farmacias durante la tramitación del presente".
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La jueza de primera instancia había comprendido que la empresa "es una cadena de farmacias habilitada por el Ministerio de Salud y que en las góndolas sólo exhibe medicamentos de venta libre, por lo cual, y sin que lo expuesto implicase abrir juicio alguno definitivo con relación a la procedencia de la petición de fondo, no se advierte el riesgo a la salud que acarrearía a la población la exhibición de tales productos".
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Y concluyó que el peligro de la demora quedaba configurado con el breve lapso perentorio de la intimación dispuesta y que de no ser cumplida podría tener consecuencias sancionatorias. Pero todo ello fue apelado y el tribunal –integrado por los camaristas Marcelo Daniel Duffy, Jorge Eduardo Morán y Rogelio W. Vincenti- aseguró que las medidas cautelares no proceden, en principio, con respecto a actos administrativos o legislativos habida cuenta de la presunción de validez que ostentan.
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