Coronavirus: dieron prisión domiciliaria a una mujer ue no tiene problemas de salud para que se reivincule con su hija en Paraná

La acusada era parte de una banda que traficaba cocaína en una "pollería". A pesar de que no tiene problemas de salud preexistentes y podría darse a la fuga un tribunal de Paraná le otorgó la prisión domiciliaria.

El Tribunal Oral Federal de Paraná, Entre Ríos, otorgó la prisión domiciliaria a una mujer que ocupaba un rol importante en una banda que traficaba cocaína en una “pollería”, a pesar de que no tiene problemas de salud. Se le concedió el beneficio debido a la pandemia y a la necesidad de que pueda revincularse con su hija menor.Se trata de uno de los primeros fallos en los que se otorga domiciliaria debido a la epidemia del coronavirus.

El fiscal José Ignacio Candiotti consideró que la mujer imputada de comercio de estupefacientes, no tiene problemas de salud preexistentes, y que sí existen riesgos procesales de fuga o entorpecimiento de la investigación.

No obstante señaló que “se debe tener en cuenta la situación excepcional de público conocimiento que nos afecta, esto es la propagación a escala mundial del coronavirus, que ha sido catalogado como pandemia por la O.M.S., así como el DNU Nº 297/20 que impuso –desde el 20/03/2020- el “aislamiento social preventivo y obligatorio”, prorrogado el día 29/03/2020 hasta el próximo 13 de abril de este año.

Frente a la expansión del coronavirus, no puede pasarse por alto que la población carcelaria es uno de los sectores de la sociedad que más riesgos enfrenta –dado el hacinamiento carcelario- y es por eso que se han tomado las medidas necesarias para proteger la salud de los internos, implementando medidas extraordinarias de higiene y controles médicos periódicos”, argumentó el fiscal.

Además tuvo en cuenta un informe médico que aconsejaba la revinculación de la hija de la detenida con su madre.

“La niña, si bien se encuentra contenida en su medio familiar, expresa abiertamente, y no sólo de manera verbal, su necesidad de poder compartir más tiempo con su madre”, dice uno de los informes médicos anexados a la causa.

“Ninguna de estas recomendaciones puede cumplirse si tenemos en cuenta que en las unidades penales de la provincia se han prohibido las visitas como las salidas transitorias de los internos para evitar el contagio, lo que imposibilita totalmente la revinculación de la pequeña con su madre, en patente afectación del ‘derecho superior del niño’”, dice el fallo, según argumentó el fiscal.

El Tribunal integrado por las juezas Noemí Berros y Lilia Carnero, concedió el beneficio haciendo saber a la acusada “de su obligación de permanecer en el domicilio autorizado, bajo apercibimiento de revocar la modalidad otorgada y de iniciarse actuaciones penales en su contra por incumplimiento del “aislamiento social preventivo y obligatorio” que ordenó el gobierno.