Echegaray: el recargo se aplica "siempre que deba girarse divisas"

Economía

El titular de la AFIP aclaró que "no puede obligar a los prestadores a que efectúen sus operaciones en pesos" y que, por tanto, esos servicios deben pagar el 20% extra.

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, aclaró que el recargo del 20 por ciento "se aplicará para las operaciones con moneda extranjera y cuando -por la modalidad del servicio- es necesario girar divisas".

Resaltó además que su administración "no creó ningún impuesto" y que el nuevo régimen de percepción "es un mecanismo de pago a cuenta del impuesto a las Ganancias y sobre Bienes Personales".
 
Dijo que "sólo quedan alcanzados aquellos que manifiestan una capacidad contributiva diferencial cuando realizan consumos que no se cancelan en pesos".

Echegaray indicó que "las resoluciones de AFIP no regulan sobre cuestiones de política internacional" y que el organismo "no puede obligar a los prestadores de servicios que están instalados en las Islas Malvinas a que efectúen sus operaciones en pesos".
 
El titular de la AFIP desmintió versiones periodísticas donde se señala que para el organismo las Malvinas no son consideras argentinas y que para las agencias de turismo viajar el archipiélago es considerado como "ir al exterior".

"Las resoluciones de AFIP no regulan sobre cuestiones de geopolítica, las que deben ser resueltas en el ámbito del derecho internacional", destacó en un comunicado que lleva la firma del funcionario.

El fisco explicó que "para el caso de los pagos mediante tarjetas de crédito, debito y/o compra, la percepción (recargo del 20%) establecida en la Resolución General 3450 se aplica cuando la operación se perfecciona en moneda extranjera. En estos casos, la AFIP no puede obligar al vendedor o prestador a efectuar la operación en moneda de curso legal, siendo esto una cuestión que hace a la relación comercial con su cliente".
 
Afirmó que "la percepción tiene causalidad, estrictamente, cuando existe un giro de divisas por parte de las agencias de viaje por cuenta de sujetos que manifiestan una capacidad contributiva 'diferencial'. En otras palabras, si por la modalidad de la prestación es requisito necesario girar las divisas, se aplicará la percepción".
 
En definitiva, señaló Echegaray, "AFIP no puede obligar a los prestadores de servicios que están instalados en las Islas Malvinas a que efectúen sus operaciones en pesos; esto surgirá una vez que el Reino Unido acepte cumplir con la Resolución de la Naciones Unidas y, de manera pacífica, reconozca la soberanía de nuestro país sobre las Islas Malvinas".
 

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