ARCA: las consecuencias por no realizar la recategorización del monotributo
La recategorización del monotributo es obligatoria para quienes superen el límite de ingresos de su categoría, y evita sanciones.
ARCA: las consecuencias por no realizar la recategorización del monotributo
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) finalizó el plazo de recategorización del monotributo el 5 de agosto y, pese a las advertencias, muchos contribuyentes no cumplieron. Según la Ley 27.743, en enero y julio se deben actualizar los topes de facturación y el impuesto del Régimen de Pequeños Contribuyentes según la inflación semestral.
Qué sucede si no me recategoricé en el monotributo
La recategorización del monotributo debe hacerse en enero y julio de cada año. Si no se cumple en el plazo, la ARCA puede aplicar una recategorización de oficio, evaluando gastos, compras, bienes y acreditaciones bancarias para asignar una nueva categoría, con un 20% extra en servicios y un 30% en ventas.
No realizar el trámite trae consecuencias como una multa del 50% del impuesto integrado y la cotización previsional, además de intereses y diferencias adeudadas. La notificación llega al Domicilio Fiscal Electrónico con los nuevos montos a pagar.
Se puede evitar la sanción si la recategorización se hace de manera voluntaria antes de la notificación. Si se acepta la de oficio dentro de los 15 días, la multa se reduce a la mitad. También es posible presentar un descargo o apelación a través de Presentaciones Digitales.
Escalas vigentes del monotributo
- Categoría A: permite facturar hasta $8.992.597,87, con una cuota de $37.085,74 tanto para servicios como para ventas.
- Categoría B: el límite asciende a $13.175.201,52, y la cuota es de $42.216,41 en ambos casos.
- Categoría C: el tope es de $18.473.166,15, con una cuota de $49.435,58 para servicios y $48.320,22 para ventas.
- Categoría D: admite hasta $22.934.610,05, con pagos de $63.357,80 en servicios y $61.824,18 en ventas.
- Categoría E: el máximo de ingresos es de $26.977.793,60, y la cuota mensual es de $89.714,31 para servicios y $81.070,26 para ventas.
- Categoría F: el tope se ubica en $33.809.379,57, con cuotas de $112.906,59 en servicios y $97.291,54 en ventas.
- Categoría G: alcanza los $40.431.835,35, con una cuota de $172.457,38 en servicios y $118.920,05 en ventas.
- Categoría H: permite facturar hasta $61.344.853,64, con un valor mensual de $391.400,62 en servicios y $238.038,48 en ventas.
- Categoría I: el límite es de $68.664.410,05, con una cuota de $721.650,46 para servicios y $355.672,64 en ventas.
- Categoría J: fija un tope de $78.632.948,76, y la cuota asciende a $874.069,29 en servicios y $434.895,92 en ventas.
- Categoría K: llega a los $94.805.682,90, con cuotas de $1.208.890,60 en servicios y $525.732,01 en ventas.
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