Llega al Congreso el proyecto de ley para que jueces paguen Ganancias

Economía

El proyecto de ley presentado por el kirchnerismo apunta a que también queden incluidos en el pago de ese impuesto todos los funcionarios públicos.

El proyecto de ley para incluir a los magistrados y funcionarios judiciales en el pago del impuesto a las Ganancias, que impulsa el kirchnerismo, fue presentado este jueves formalmente en la Cámara de Diputados.

La iniciativa busca además incluir en el tributo de ese canon a quienes se desempeñan en "cargo públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Legislativo y Ejecutivo".

El proyecto lo impulsó el diputado Pablo Kosiner, con el respaldo de referentes del ultrakichnerismo en la Cámara baja, Carlos Kunkel y Diana Conti.

La propuesta establece la modificación del inciso "A" del artículo 79 de la ley 20.628 de impuesto a las ganancias, que establece que constituyen ganancias de cuarta categoría las provenientes "del desempeño de cargos públicos y la percepción de gastos protocolares".

El kirchnerismo propone que, en cambio, ese inciso contemple "cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, y los magistrados y funcionarios judiciales y del Ministerio Público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Se sumarían además "los vocales de los Tribunales de cuentas, miembros de Tribunales Fiscales Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás organismos de fiscalización; y la percepción de gastos protocolares".

La iniciativa kirchnerista plantea también la modificación del inciso "C" del mencionado artículo, con el que se consideran al pago de ganancias "las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades cooperativas".

La modificación del FpV establece que en ese item se agregue que se incluyen también "las funciones del inciso A", según consta en el proyecto al que tuvo acceso DyN.

"Son varias la razones que justifican la tributación del referido impuesto por parte de los integrantes del Poder Judicial y Ministerio Público como tributa cualquier ciudadano que percibe salario por su trabajo, básicamente por el principio constitucional de igualdad ante las cargas públicas", fundamenta el escrito.

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