Comienza el debate del blanqueo de dólares en el Congreso
El proyecto oficial será analizado en un plenario de comisiones del Senado al que asistirá el equipo económico, encabezado por el ministro de Economía, Hernán Lorenzino.
El proyecto de ley ingresó a través de la mesa de entradas del Senado y ya fue girado a las comisiones de Presupuesto, que preside el senador kirchnerista Aníbal Fernández; y de Economía e Inversión, que encabeza la radical Laura Montero.
Se trata de un certificado (CEDIN) de depósitos en dólares que emitirá el Banco Central de la República Argentina orientado a inversiones del sector de la construcción e inmobiliario, y de un bono (BAADE), también en dólares, que cotizará en el mercado de capitales con vencimiento en 2016 y que impactará en el sector de infraestructura energética.
Las personas físicas y jurídicas que atesoran dólares no declarados, en el país o el exterior, dispondrán de tres meses a partir de la promulgación de la ley para acogerse al nuevo sistema de exteriorización voluntaria y sus beneficios.
En los fundamentos del proyecto enviado al Senado, que consta de 22 artículos y que lleva las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y del titular del Palacio de Hacienda, Hernán Lorenzino, se sostiene que durante los años 2009 y 2012 la economía se vio afectada por el menor crecimiento mundial y la desaceleración del comercio, y que estos factores fueron contrarrestados a través de políticas de carácter contracíclico, que permitieron minimar el impacto de la crisis a nivel local.
En ese marco, y ante la necesidad de seguir fortaleciendo el mercado interno a través de la acción del Estado, el documento asegura que la exteriorización de capitales que impulsa el proyecto permtirá emplear recursos líquidos ociosos para financiar inversiones productivas y sociales.
El primer artículo del proyecto contempla la autorización al Ministerio de Economía para emitir el Bono Argetino Para el Ahorro y el Desarrollo Económico (BAADE) y el Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico, que estarán denominados en dólares y cuyos fondos serán destinados únicamente a la financiación de proyectos de inversión pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos.
El segundo artículo, por su parte, autoriza al Banco Central a emitir el Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN), también en dólares estadounidenses, que serán endosables y que constituirán por sí mismo en un medio idóneo para la cancelación de obligaciones.
El CEDIN será cancelado en la misma moneda de emisión ante la presentación de parte del titular o su endosante, previa acreditación de su utilización para la compraventa de terrenos, galpones, locales, oficinas, cocheras, lotes, parcelas y viviendas ya construidas, nuevas unidades habitacionales y/o refacción de inmuebles.
En lo que respecta a la exterorización voluntaria, el proyecto precisa que podrán participar las personas físicas, las sucesiones indivisas y las personas jurídicas comprendidas por la normativa.
La exteriorización comprende a la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior al 30 de abril de 2013.
El artículo 9 contempla que los sujetos que efectúen la exteriorización no estarán obligados a informar a la AFIP la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con los que fueron adquiridos, además de que dar liberados de toda acción, civil, comercial y penal tributaria, adminsitrativa y penal cambiaria y profesional que pudiera corresponder por las transgresiones que resulten regularizadas bajo este régimen, entre otras custiones.
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