Jubilaciones de ANSES: quiénes cobrarán el bono extraordinario y cómo queda la mínima en agosto

Economía

El organismo planea abonar estos beneficios durante el octavo mes del año. Conocé todos los detalles en la nota.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que en agosto de 2026 las jubilaciones y pensiones van a volver a recibir un aumento, en línea con la fórmula de movilidad vigente que toma como referencia el dato de la inflación de dos meses atrás del INDEC.

Además del incremento del 1,9%, se le suma el bono extraordinario de $70.000 para quienes cobran la mínima.

Cuánto sube y cómo queda la jubilación mínima en agosto 2026

El Gobierno nacional fijó un sistema de ajustes mensuales con el objetivo de no perder cierto poder adquisitivo ante la suba de precios. Para establecer los aumentos, se toma como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses atrás. En ese contexto, el incremento de las jubilaciones y pensiones en agosto 2026 estará marcado por el dato de inflación de junio, que determinó una suba de precios del 1,9%.

Con este aumento, la jubilación mínima subirá a $419.817,13. Y si se suma el bono extraordinario de $70.000 (monto en el que está congelado hace más de dos años), el haber saltará a $489.817,13. Al ser un sistema que contempla únicamente el índice de inflación, la desaceleración de los precios provocó que este incremento sea uno de los más bajos del año.

Cómo se calcula el bono con el nuevo piso de la mínima

Con el aumento de la jubilación mínima, el mecanismo para calcular y pagar el bono extraordinario tendrá nuevo piso y un nuevo techo.

Quienes cobren el haber mínimo recibirán la totalidad de la suma hasta alcanzar los $489.817,13. Los beneficiarios que perciban un haber mayor al mínimo pero que no superen los $489.817,13, tendrán un proporcional hasta alcanzar esa cifra. Y quienes cobren más de 489.817,13, no recibirán ninguna suma extra.

El cronograma de pagos para agosto 2026

De esta manera, así queda el calendario de pago en agosto 2026:

Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

  • DNI terminados en 0: a partir del 10 de agosto
  • DNI terminados en 1: a partir del 11 de agosto
  • DNI terminados en 2: a partir del 12 de agosto
  • DNI terminados en 3: a partir del 13 de agosto
  • DNI terminados en 4: a partir del 14 de agosto
  • DNI terminados en 5: a partir del 18 de agosto
  • DNI terminados en 6: a partir del 19 de agosto
  • DNI terminados en 7: a partir del 20 de agosto
  • DNI terminados en 8: a partir del 21 de agosto
  • DNI terminados en 9: a partir del 24 de agosto

Jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo

  • DNI terminados en 0 y 1: a partir del 25 de agosto
  • DNI terminados en 2 y 3: a partir del 26 de agosto
  • DNI terminados en 4 y 5: a partir del 27 de agosto
  • DNI terminados en 6 y 7: a partir del 28 de agosto
  • DNI terminados en 8 y 9: a partir del 31 de agosto

Pensiones No Contributivas (PNC)

  • DNI terminados en 0 y 1: a partir del 10 de agosto
  • DNI terminados en 2 y 3: a partir del 11 de agosto
  • DNI terminados en 4 y 5: a partir del 12 de agosto
  • DNI terminados en 6 y 7: a partir del 13 de agosto
  • DNI terminados en 8 y 9: a partir del 14 de agosto

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