La AFIP puede allanar comercios sin orden judicial 

Economía

La Justicia avaló a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que sus inspectores puedan realizar allanamientos sin orden judicial previa, según un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

Así lo resolvió la Sala V del Tribunal, al justificar un allanamiento realizado por inspectores de la AFIP sin orden judicial, quienes secuestraron información en una empresa dedicada a la venta de productos odontológicos.

El fallo con la firma de los jueces Jorge Alemany, Jorge Morán y Pablo Gallegos Fedriani (este último en disidencia) consideraron que la AFIP tiene facultades para realizar allanamientos sin orden judicial, y para ello citaron la Ley 11.683 de procedimientos fiscales.

Para ello, citaron el artículo 35 de la ley, el cual "faculta a dichos funcionarios a inspeccionar los libros, anotaciones, papeles y documentos de responsables o terceros que puedan registrar o comprobar las negociaciones y operaciones que se juzguen vinculadas a los datos que contengan o deban contener las declaraciones juradas".

Los hechos que dieron origen al fallo se retrotraen al 25 de abril de 1995, cuando inspectores de la AFIP allanaron la empresa en cuestión por falta de pago del impuesto a las ganancias en los últimos cuatro años y el IVA de seis meses.

Al no haber tenido orden judicial, los empresarios solicitaron la nulidad del procedimiento, sumado a que denunciaron recibir amenazas por parte de los inspectores para firmar el acta respectiva.

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