Prohíben a Veraz difundir información de deudores
*En un fallo, la Corte Suprema ratificó la prohibición de difundir datos financieros de usuarios de tarjetas de crédito.
*Así rechazó un amparo presentado por la Organización Veraz y declaró que la confidencialidad obedece a los "mecanismos de control" de información personal.
La ley 25.065 reguló el funcionamiento de las tarjetas de crédito prohibiendo a las entidades emisoras brindar informes financieros personales sobre los titulares y sus beneficiarios de extensiones cuando el titular no haya cancelado sus obligaciones, se encuentre en mora o en etapa de refinanciación.
El máximo tribunal aclaró que mientras se tramitaba la causa fue dictada la ley 23.526, "que no contenía igual prohibición a la establecida en la ley 25.065".
Al respecto, la Corte sostuvo que "la sanción de la primera de las leyes mencionadas no determina la derogación tácita del artículo 53 de la última norma".
Ante ello, para el tribunal la prohibición contenida en ese artículo continúa vigente, y consideró "razonable" en la medida que tiene "la finalidad de preservar la exactitud de los datos registrados, en beneficio de sus titulares y de la seriedad de la información que se pone a disposición del público en general".
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