Habrá desalojo inmediato para inquilinos morosos

Será a partir de la promulgación de la ley sancionada por Diputados bonaerenses.

Télam
Por Télam
Los inquilinos morosos de la provincia de Buenos Aires podrán ser desalojados en forma inmediata a partir de la ley que sancionó la Cámara de Diputados, que establece la incorporación de un artículo al Código Procesal Civil y Comercial bonaerense.

Según la norma, el artículo incorporado protege al locador frente a las dilaciones procesales que se presenten, asegurándole el pleno ejercicio del derecho de propiedad.

De esta manera, una vez que se promulgue la ley, la sola revisión del contrato en caso de vencimiento o la constatación de la falta de pago serán causas suficientes para ordenar el desalojo, independientemente de la continuidad del juicio iniciado.

En ese sentido, el proyecto indica que la ley busca “corregir los largos juicios de desalojo por falta de pago de alquiler o vencimiento de contrato, que suelen durar más de dos años”.

Para evitar abusos, la norma incorpora una medida disuasiva en caso de fraude por parte del locador, que podría ser sancionado “con toda severidad mediante el pago de una multa pecuniaria significativa, cuando éste haya actuado utilizando el forma ilegal la ley que lo favorece”.

En este caso, el dueño de la propiedad puede ser multado con hasta 20 mil pesos, más los daños y perjuicios que ocasionare, “que quedan garantizados, tanto en la multa, como con una caución real”, indica la normativa.

La ley está basada en un proyecto del presidente interino de la Cámara de Senadores provincial, Federico Scarabino.

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