La Justicia da marcha atrás con un fallo y se expide a favor del despido de un trabajador

La Cámara Laboral revocó su decisión anterior y avaló el despido de un trabajador de la empresa alimenticia Kraft, que participó en una protesta en 2009.

El hecho se dio en la planta de la firma en la localidad bonaerense de Tigre "en hechos de inusitada violencia" en 2009, según se conoció hoy en Tribunales.

Un  fallo de la Sala Séptima del tribunal revirtió así un fallo de primera instancia que había considerado que el despido del trabajador Jorge Daniel Galván había sido "un acto discriminatorio por motivos antisindicales".

Además de rechazar el reclamo de reincorporación a su puesto de trabajo y  el pago de los salarios caídos, el tribunal de apelaciones dispuso que Galván pague los gastos del juicio.

La resolución de primera instancia, que ahora fue dejada sin efecto, había dispuesto  la "nulidad" del despido y ordenó "la reincorporación del actor en su puesto de trabajo, más los salarios caídos".

Al ser apelado por la empresa, los camaristas Beatriz Fontana y Milagros Ferreirós establecieron que "se encuentra acreditada la participación activa del actor en los hechos de inusitada violencia en los que se llevó a cabo el desalojo de la planta que demanda".

Se trata de los hechos ocurridos el 6 de julio de 2009 durante una "huelga ilegal con ocupación de establecimiento en flagrante y consciente violación de la resolución del Ministerio de Trabajo", que había dictado una conciliación obligatoria.

El trabajador fue despedido "con causa",  sin derecho a indemnización, por haber  "paralizando las tareas de la empresa" y por haber  "ingresado en forma irregular a la planta mediante escalamiento y valiéndose de presiones e intimidación al personal para lograr la obstrucción y cesación de tareas". Los trabajadores reclamaban medidas de prevención y seguridad ante los riesgos de contraer Gripe A.

Según se desprende del fallo, un grupo de obreros, entre los que se encontraba Galván, "no permitían que se trabajara normalmente, llegando a empujar, golpear y lastimar con cutters a algunos trabajadores. Los empellones, muestras de cuchillos y armas de fuego asustaron a los que estaban en la línea que solo quieren trabajar y no enfrentarse con los despedidos".

Entre las pruebas valoradas, citaron los jueces el hallazgo en el interior de la planta de un  "mortero tumbero consistente en un caño plateado con manija y base; siete cutters color naranja, dos barretas de hierro de 50cm. de longitud; un cuchillo de mesa, dos cortaplumas, una faca con mango azul, y diez bombas de estruendo".

En el fallo se advirtió que la legislación laboral tiende a "procurar la solución de los conflictos garantizando la paz social, por lo que no resulta tolerable la autoexclusión por parte del trabajador de un proceso que se vincula con valores humanos fundamentales como son el respeto por las instituciones y la no violencia".

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