La Corte reconoció la indemnización a una víctima de la AMIA

Política

El máximo tribunal ratificó que debe pagarse una suma millonaria a favor de la esposa y las hijas de una de las víctimas. Sostuvo que el Estado incumplió con un compromiso asumido en 2005 ante la CIDH.

La Corte Suprema de Justicia ratificó este martes que debe pagarse una indemnización millonaria a favor de la esposa y las hijas de una de las víctimas del atentado contra la AMIA en un fallo en el que sostuvo que el Estado nacional incumplió con un compromiso que había asumido en 2005 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

El fallo firmado por los cuatro jueces de la Corte, reconoció la indemnización por cuatro millones de pesos más intereses a la viuda y los tres hijos de la víctima.

"El Estado Nacional reconoció ante la CIDH en forma incondicionada y absoluta que su obrar violó los derechos de las víctimas y sus familiares, generando la obligación a indemnizar", dice el fallo.

En la resolución, la Corte recordó que en 2005, el Estado argentino suscribió un "acta de entendimiento" en la que reconoció su responsabilidad en relación con el atentado ante una denuncia ante el organismo internacional de derechos humanos formulado por la agrupación Memoria Activa, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

Ahora la Corte, explicó que ese reconocimiento, que implicaba la sanción de una ley de resarcimiento que no se sancionó, aunque actualmente hay un proyecto de ley en tratamiento en el Congreso, significó "una renuncia tácita e inequívoca a oponer la prescripción" al reclamo económico.

El argumento de la prescripción, había sido planteado por el Estado para evitar el fallo condenatorio a la indemnización a la viuda de la víctima y sus hijos.

"Esta Corte tiene dicho que cuando el deudor reconoce la existencia del derecho y de la correlativa obligación de indemnizar, ello implica una clara renuncia a la prescripción ya ganada", sostuvo la Corte.

"Resulta incompatible con el principio cardinal de la buena fe, pues la buena fe impone un deber de coherencia del comportamiento, que consiste en la necesidad de observar en el futuro la conducta que los actos anteriores hacían prever", concluyó el alto tribunal.

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