Menem fue sobreseído por la explosión de la fábrica militar de Río Tercero

Política

El ex presidente fue condenado en 2013 por la Cámara de Casación Penal a siete años de prisión por el contrabando de armas. Para la fiscalía con la voladura se intentó encubrir el faltante de las armas vendidas ilegalmente a Croacia y Ecuador.

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó el procesamiento que pesaba sobre el ex presidente Carlos Menem y ratificó el sobreseimiento del ex jefe del Ejército Martín Balza en la causa por la explosión de la Fábrica de Río Tercero, ocurrida en noviembre de 1995

El fallo fue dictado por la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba integrada por Ignacio María Vélez Funes, José Vicente Muscará, y Rafael Vaggione, éste último en disidencia, que por mayoría revocó el procesamiento de Carlos Menem dictado por el Juzgado Federal de Río Cuarto el 12 de agosto de 2013.

En la resolución se confirmó el sobreseimiento del General Martín Balza en la causa que investigó las explosiones en la Fábrica Militar de Rio Tercero ya que para la fiscalía con la voladura se intentó encubrir el faltante de las armas vendidas ilegalmente a Croacia y Ecuador, caso por el que Menem fue condenado.

El juez Federal de Río Cuarto, Carlos Arturo Ochoa, había dispuesto, entre otras cosas, el procesamiento del ex Presidente como instigador del delito de estrago doloso agravado por muerte de persona.

En el procesamiento, el juez consideró la condena dictada por la Cámara Nacional de Casación Penal en la causa del contrabando de armas, y sostuvo que si bien se trata de hechos y procesos distintos, "no puede a esta altura negarse que la maniobra de venta ilegal de material bélico no concluyó sólo con el contrabando, sino que, precisamente a raíz de haber quedado al descubierto, se llevaron a cabo otras actividades conexas que terminaron con la explosión intencional de la Fábrica Militar de Río Tercero, ello con el objeto de borrar cualquier rastro que pudiera vincular a funcionarios con el mentado contrabando".


Ahora la Sala A de la Cámara Federal de Córdoba, por mayoría consideró que no corresponde el procesamiento de Menem. En ese sentido, el camarista Vélez Funes autor del primer voto de la mayoría, al que adhirió Muscará , sostuvo  que "...si bien el hecho a partir del cual el Juez infiere la participación de Menem podría justificar el inicio de una investigación y la correspondiente receptación de declaración indagatoria al imputado frente a la sospecha de su participación en la voladura de la F.M.R.T. como modo de ocultar los hechos de contrabando de armas que tuvo por probados la C.N.C.P., no alcanza, en modo alguno, para motivar una resolución de procesamiento...".

Asimismo, se valoró que desde la falta de mérito oportunamente dispuesta por esta misma Cámara Federal (con distinta integración) con fecha 27 de agosto de 2010, "...ni la instrucción judicial, ni los órganos encargados de la acusación tanto pública como privada en cabeza del querellante, han podido aportar elemento alguno de prueba..."

En virtud de ello, el Tribunal dispuso el sobreseimiento definitivo del ex Presidente con la expresa declaración que "el presente proceso no ha afectado el buen nombre y honor que el nombrado hubiere gozado".

Por otra parte, el Juzgado federal de Río Cuarto, mediante la una resolución dispuso el sobreseimiento definitivo de Martín Antonio Balza, decisión ésta que fue confirmada por mayoría por la Cámara Federal.

Al respecto, Vélez Funes en su voto (al que adhirió el Dr. Muscará), que "...no ha resultado factible a la instrucción obtener otras constancias relativas a la participación de Martín Antonio Balza en el hecho, siendo que la prueba colectada no ofrece ningún dato relevante en torno a su responsabilidad para inculparlo...".

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